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Agencia Uno
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La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió la querella de capítulos presentada en contra de fiscal regional de O’Higgins, Emiliano Arias, pero solo respecto de la extracción de información reservada del sistema de tramitación de causas del Ministerio Público.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal ratificó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua, sólo en aquella parte que acogió la acción respecto de la infracción al artículo 246 del Código Penal.

En la resolución se indicó que “en el presente caso, es un hecho pacífico que el Fiscal señor Arias extrajo información de una base de datos reservada respecto de terceros ajenos a un proceso penal, haciendo entrega de ellos a –precisamente- personas que tienen dicha calidad”.

En la misma línea, se sostuvo que “tales hechos aparecen revestidos de la suficiente seriedad para admitir la querella de capítulos respecto de tales antecedentes”.

Respecto de la infracción al artículo 4° de la Ley 19.223, sobre revelar maliciosamente datos de un sistema de información, la Corte Suprema consideró que los antecedentes no reúnen la gravedad suficiente, por lo que declaró inadmisible la querella de capítulos en este punto.

El fallo en este sentido planteó que “los antecedentes aportados por el ente persecutor -contra el capitulado- no revisten la seriedad y gravedad suficiente para estimar que tienen mérito para declarar la admisibilidad de la querella por dicho tipo penal”.

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