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Agencia Uno
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Para el día del Plebiscito, el 25 de octubre, es obligatorio portar una mascarilla al momento de ingresar al local de votación, debido a la pandemia de Covid-19. Se puede usar una de cualquier tipo, ya sea de género o quirúrgica, pero lo que no puede tener es propaganda alusiva a las opciones de la elección.

Tal como indica el artículo 138 de la ley N° 18.700 es penado con 20 hasta 200 UTM la propaganda electoral fuerza de plazo, y esto incluye un estampado en una polera, gorro o, por ejemplo, una mascarilla. En este caso, la propaganda se podía hacer hasta las 24:00 horas del día 22 de octubre de 2020.

Para dejarlo aún más claro, el Servel, en su protocolo sanitario para el Plebiscito, indica que “en los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito”. 

Esto significa que marcas o logos sobre el “Apruebo” o “Rechazo” tampoco pueden estar en elementos como alcohol gel, botellas, mochilas o cualquier otro elemento.

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