Agencia UNO
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Como “un proyecto anhelado y que contribuye a aliviar a miles de familias”, calificó el diputado DC Mario Venegas, miembro de la comisión de Educación, la aprobación del proyecto de ley que, en lo medular, dispone que los establecimientos educacionales no podrán exigir marcas de útiles escolares, ni la entrega de útiles de aseo o artículos de oficina con determinadas marcas. Tampoco se podrá condicionar la matrícula a la citada compra.

El parlamentario DC, junto con señalar que espera una rápida aprobación en el Senado, explicó que “la idea es ir avanzando en terminar con una serie de exigencias que finalmente terminan agobiando a las familias de una manera injusta. Por lo mismo, el proyecto señala que el Estado propenderá al aumento gradual en la entrega gratuita de útiles escolares para las y los estudiantes del sistema educacional, de acuerdo a sus niveles y necesidades. Los establecimientos escolares que opten por no utilizar los textos escolares que gratuitamente otorga el Estado informarán anualmente a los padres, madres y apoderados y al centro de estudiantes, los motivos pedagógicos que fundamentan su decisión y, en ningún caso, podrán exigir versiones actualizadas de textos escolares o su formato material.”

“Con claridad se estipula que los establecimientos educacionales particulares no podrán exigir la compra o adquisición de textos escolares de una determinada editorial, ni podrán condicionar la matrícula de sus alumnos a dicha compra o adquisición de textos escolares. Estos establecimientos particulares estarán obligados, en todo momento, a aceptar el uso, por parte de sus alumnos, de los textos escolares validados por el Ministerio de Educación.”

El proyecto agrega que “los textos escolares elaborados o licitados por el Estado serán de acceso público en su versión digital para estudiantes, padres, madres y apoderados, así como para profesionales y asistentes de la educación; y tendrán en su formato material el carácter de gratuitos, en conformidad a la ley, para los matriculados en un establecimiento municipal, particular subvencionado o de administración delegada, reconocido por el Estado.”

Finalmente, se señala que las infracciones a lo dispuesto serán sancionadas con multas de 25 a 75 UTM, por cada estudiante afectado, debiendo duplicarse en caso de reincidencia sobre la misma materia y se tramitarán ante la Superintendencia de Educación.

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