Permiso laboral
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La Dirección del Trabajo (DT) realizo 23 fiscalizaciones este domingo 7 de mayo para hacer respetar el derecho a sufragio de los trabajadores que deben laborar durante esta jornada y también para hacer cumplir el feriado obligatorio en el comercio.

El organismo verificó estos cumplimientos entre las 9:00 y 15:00 horas de este domingo y las denuncias realizadas desde el sábado en el sitio web de la DT.

Hasta las 15:00 horas se habían recibido solo dos denuncias sobre el no respeto al derecho de sufragio y nueve sobre el no cierre de malls y strip center. Además, señalaron que no ingresaron denuncias por no permitir a trabajadores vocales de mesa cumplir con su deber legal.

Frente a ello, la DT había realizado 12 fiscalizaciones por el derecho a voto y 11 por el cierre del comercio.

Sobre esto, el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, indicó que “es una buena noticia el cumplimiento. Con este reporte podemos decir que es una buena noticia. Parece ser que la información entregada sirvió y no tuvimos grandes dificultades para los trabajadores y trabajadoras que en este día debieron laborar y a la vez ejercer su derecho a sufragio”.

Permiso laboral para acudir a votar

Respecto del permiso para sufragar, la Dirección del Trabajo está fiscalizando:

  • Otorgamiento de permiso de dos horas para sufragar a aquellos trabajadores que deban laborar ese día. Sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $189.222 y $3.784.440, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
  • Otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral. Las multas aplicables son las mismas del caso anterior.

Los permisos correspondientes deben otorgarse sin descuentos remuneracionales, norma de que no cumplirse implica los mismos montos de multas ya citados.

Feriado para trabajadores de malls y strip centers

En el caso de los trabajadores de malls, strip center y centros comerciales regidos por una misma razón social, la DT está fiscalizando:

  • Otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable en aquellos casos en que se presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $189.222 y $3.784.440, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

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