CGE
Agencia Uno - Referencial.
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La Corte Suprema confirmó la totalidad de los cargos y los montos de las multas aplicados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la empresa eléctrica CGE, luego de revisar el recurso presentado por la compañía, constatando que el organismo fiscalizador actuó de acuerdo a sus facultades normativas y a la legislación vigente.

De esta manera, se rechazaron cada una de las reclamaciones presentadas por CGE, “manteniendo las resoluciones exentas que fijaron originalmente las multas impugnadas y las que desestimaron los recursos de reposición administrativos deducidos en contra de las primeras, todas dictadas por la SEC”.

El caso se remonta a un informe del indicador SAIDI, que mide el promedio de horas que un cliente está sin energía eléctrica, el cual fue excedido por la empresa CGE, entre los meses de enero y diciembre de 2019, en nueve zonas del país.

A lo anterior, estas fueron agrupadas en las siguientes comunas: Iquique y Huara; Antofagasta y Tocopilla; Tierra Amarilla; Vicuña y Paihuano; Calera de Tango, Isla de Maipo y Paine; Coinco, Doñihue, Las Cabras, Malloa, Pichidegua, Quinta de Tilcoco y San Vicente; Constitución, Hualañe, Licanten, Molina, Rauco, Romeral, Sagrada Familia, San Clemente, Teno, Yerbas Buenas, Curepto, Empedrado, Pelarco, Pencahue y Río Claro; Cobquecura, Ninhue y San Fabián; y Pucón, Villarrica, Curarrehue, Freire y Loncoche.

Por cada una de estas zonas, algunas de las cuales agrupan a varias comunas, se aplicaron diferentes multas, sumando un total de 208.000 UTM, Unidades Tributarias Mensuales, es decir, un monto de $13 mil 145 millones 392 mil.

La multa más alta, de 105 mil UTM, se aplicó por el conjunto de las comunas de la Región del Maule, donde el porcentaje de clientes afectados superó el 80%.

La superintendenta de la SEC, Marta Cabeza, al analizar la resolución judicial, sostuvo que “valoramos el fallo de la Corte Suprema, pues confirma nuestro convencimiento de que en este caso, la empresa CGE excedió, con creces, los niveles máximos permitidos de horas sin suministro por cliente, en diferentes zonas del país”.

La máxima representante de la SEC añadió que es relevante también que el máximo tribunal haya desestimado que estos cortes se hayan producido por causales de fuerza mayor, pues esta tesis fue descartada por las respectivas investigaciones que llevó adelante el organismo fiscalizador.

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