Ricardo Ulloa/Aton Chile
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Los tres jueces del Tribunal Oral Penal de Temuco dieron plena validez a la declaración del acusado José Peralino Huinca para emitir su veredicto condenatorio de ayer al culminar el segundo juicio del caso Luchsinger-Mackay. Este mismo testimonio fue descartado, también por unanimidad, en el primero por supuestos vicios de ilegalidad y presunta coacción.

Sin embargo, en el veredicto de ayer que sólo condenó a tres de los 11 acusados -el mismo Peralino junto con José Tralcal Coche y Luis Tralcal Quidel-, los jueces señalaron que “estos sentenciadores, adquirieron primeramente la convicción acerca de que las declaraciones prestadas por José Manuel Peralino Huinca en los días 8 de noviembre de 2013, y 23 de octubre de 2015, no poseen vicios de ilegalidad conforme se analizará in extenso en la sentencia definitiva”.

Además, en su acta de deliberación, los magistrados consignaron que “tampoco se advirtió de la prueba incorporada la presencia de algún tipo de coacción- de naturaleza alguna- que afectase tales asertos en el origen, en otras palabras, no se vio sustentada en juicio la hipótesis de la declaración forzada u otorgada bajo coacción o alguna promesa de dádiva u otro elemento que haya intervenido la voluntad del declarante (Peralino) para que aquella sea extendida en un sentido determinado, como tampoco que aquella haya sido emitida por animadversión con los restantes coimputados”.

También determinaron que “la declaración prestada por parte de José Manuel Peralino Huinca antes los Fiscales del Ministerio Público, conforme la prueba obtenida del sitio del suceso, de las características intrínsecas del sector de ocurrencia de los hechos, entre otros elementos entregados por parte del mencionado que se abordarán de manera precisa y particular en la sentencia definitiva que empalman de manera congruente con otros medios probatorios rendidos en juicio, le confieren verosimilitud a su versión, por lo que, y en la actividad de corrobación exigida por la defensa, es que se ha cimentado la convicción antes señalada”.

Asimismo, los jueces calificaron como “información relevante” la aportada por Peralino respecto de los condenados en cuanto a la dinámica de los hechos acreditados, el concierto o acuerdo expreso para desarrollar los delitos y con una organización suficiente para el ataque. Finalmente, por unanimidad los magistrados reconocieron a Peralino la calidad legal de delator compensado, conforme al artículo 4 de la Ley N° 18.314, más conocida como Ley Antiterrorista.

La unanimidad de los jueces Germán Varas Cicarelli, Juan Mauricio Poblete Erices y Rocío Pinilla Dabbadie sólo se dio en la acreditación del carácter terrorista del delito y en la condena de Peralino Huinca, Tralcal Coche y Tralcal Quidel. El magistrado Varas, presidente del tribunal, votó por condenar a la machi Francisca Linconao Huircapán, Eliseo Catrilaf Romero y Hernán Catrilaf Llaupe, también sobre la base de las declaraciones de Peralino.

Sin embargo, se impuso la mayoría de Poblete y Pinilla, quienes votaron por absolver a los acusados Aurelio Catrilaf Parra, Eliseo Ariel Catrilaf Romero, Hernán Zenén Catrilaf Llaupe, José Arturo Córdova Tránsito, Juan Segundo Trancal Quidel, Sabino Catrilaf Quidel, Sergio Marcial Catrilaf Marilef y la machi Francisca Linconao Huircapán, debido a que no llegaron a la convicción de su participación en los hechos.

La pena que deberán cumplir Peralino Huinca, Tralcal Coche y Tralcal Quidel se conocerá el 11 de junio próximo. La Fiscalía Regional de La Araucanía pide presidio perpetuo calificado, es decir, un mínimo de 40 años de cárcel por el incendio terrorista perpetrado el 4 de enero de 2013 en el fundo La Granja Lumahue, en Vilcún, donde murieron Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González , de 75 y 69 años respectivamente. Por este hecho, ya fue condenado el machi Celestino Córdova a 18 años de cárcel.

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