ALEJANDRO ZOÑEZ/AGENCIA UNO
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Si bien valoró los anuncios del Gobierno en materia de la llamada “Agenda Mujer”, producto de las numerosas tomas feministas en varias facultades y liceos del país, el senador Alejandro Navarro dijo que hay que esperar el detalle de las 12 medidas propuestas por el Ejecutivo y poner énfasis sobre todo “en la letra chica, porque ya nos pasó muchas veces en el primer gobierno de Piñera”.

El legislador por el Biobío coincidió con las voceras del movimiento feminista en cuanto a que no hay respuestas concretas a las reivindicaciones actuales del movimiento, sobre todo en poner fin a la violencia contra las mujeres, en una educación no sexista y protocolos que sancionen correctamente el acoso o abuso en colegios y casas de estudio, como asimismo en reformas estructurales.

No obstante lo anterior, hizo un llamado al Presidente Piñera a darle urgencia a 4 proyectos de su autoría. El primero, presentado en marzo de 2017, que busca incluir a las relaciones afectivas no formalizadas y no correspondientes a convivencia, como el pololeo, en la figura del femicidio.

De esta manera quien cometa ese tipo de delitos arriesga penas de presidio mayor en su grado máximo (15 años y un día a 20) a presidio perpetuo calificado (40 años sin beneficio alguno).

Agregó que la segunda iniciativa parlamentaria presentada en julio de 2017 plantea derogar el impedimento de la mujer para contraer segundas nupcias luego de la disolución o declaración de nulidad de un matrimonio previo, de tal manera que pueda contraer nuevo matrimonio inmediatamente después de terminado el matrimonio.

Dijo que el tercer proyecto presentado en julio de 2017 apunta a modificar el artículo 1225 del Código Civil en el sentido de terminar con la exigencia del consentimiento del marido para que una mujer casada en régimen de sociedad conyugal acepte o repudie una asignación (por ejemplo, una herencia o legado).

Y, por último, el senador Navarro espera que el Ejecutivo ponga urgencia al proyecto de reforma constitucional presentado en diciembre de 2015, que modifica el artículo 34 de la Carta Fundamental, para considerar criterios de paridad de género para el cargo de ministro de Estado, fijándose como regla que para éstos no puede haber una desigualdad mayor al 10% entre hombre y mujeres.

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