FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO
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El Segundo Juzgado Militar de Santiago sentenció a 10 años de cárcel al sargento (r) de Carabineros, Juan Ralliman Huenulao, según informa esta mañana Radio Bío-Bío.

Ralliman insistió durante toda la investigación en una versión diferente: si bien golpeó a Soto porque se interpuso en su camino durante un procedimiento en una población de Lo Barnechea, el arma se disparó de forma accidental.

Sin embargo, diversos peritajes realizados por la Fiscalía Militar invalidaron totalmente su postura. Ambas partes apelaron y el caso comenzará a verlo la Corte Marcial durante las próximas semanas y más adelante podría llegar a la Corte Suprema.

Los hechos se remotan a la tarde del 17 de marzo de 2015, cuando cuatro funcionarios de Carabineros vestidos de civil patrullaban las inmediaciones de la población La Ermita, en Lo Barnechea, y les informaron que ‘El Javi’ se desplazaba desde la población Juan Pablo II hacia allá, por la ribera del río Mapocho.

Javier Celis Manquemilla, nombre verdadero de ‘El Javi’, tenía cuatro órdenes de detención vigentes, por lo que los funcionarios policiales apenas escucharon el dato alertaron al personal que estaba en la población. En paralelo, descendieron de la camioneta en la que iban y comenzaron la persecución del prófugo de la justicia.

‘El Javi’ se dio cuenta que lo perseguían y comenzó a correr. En ese momento empezaron los disparos cruzados, mientras que el sargento 2° Juan Ralliman Huenulao, quien vestía de civil, continuó la emboscada por otro camino: por un pasillo de tierra, por fuera de la reja perimetral de las dos canchas de fútbol que habían en el sector.

Cuando Ralliman llegó a la zona en que se juntaban las canchas, se encontró con un grupo de cuatro jóvenes que compartían un rato, sin tener ninguna relación con el procedimiento policial, quienes al escuchar el tiroteo se agacharon para protegerse.

En ese instante, de forma sorpresiva y sin mediar provocación alguna, el sargento de Carabineros golpeó a Jaime Soto Rain, uno de los muchachos, en la espalda con la parte frontal de su pistola fiscal y luego le disparó a quemarropa en el cuello.

Estaba a menos de medio metro de distancia. Soto Rain murió de forma inmediata en el lugar tras el impacto de bala, al tiempo que los amigos explotaron en llanto y rabia. En tanto, Ralliman siguió su camino para retomar la persecución de ‘El Javi’, quien finalmente fue detenido.

Así ocurrieron los hechos que terminaron con la vida de Jaime Soto, quien en aquel entonces tenía 20 años, según estableció el Segundo Juzgado Militar de Santiago.

Por ello, tomando en cuenta esos y otros antecedentes, el 9 de mayo pasado, el juez militar subrogante, coronel Santiago Parra Zúñiga, condenó a Juan Ralliman a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de violencia innecesaria con resultado de muerte.

Así lo consigna el falló al cual accedió la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío.

Las partes no quedaron conformes con esta sentencia de primera instancia, por lo que apelaron ante la Corte Marcial.

El abogado querellante Cristián Cruz, quien representa a la familia de la víctima, señaló que pidieron elevar la pena a 15 años de presidio mayor en su grado medio, pues tiene varias agravantes, entre ellas, haber abusado de sus fuerzas y medios.

Por su parte, el abogado Fernando Bravo Ibarra, defensor del condenado, solicitó que se absuelva a Raliman, pues aseguró que es inocente. Incluso afirmó que “tenemos dudas de que el disparo haya provenido del arma del sargento Juan Ralliman” asegura.

De confirmarse la pena, se convertiría en una de las más altas dictadas contra un carabinero responsable de dar muerte a un civil, desde el retorno de la democracia.

Según se acreditó en el proceso, en marzo de 2015, golpeó con su pistola la espalda de Jaime Soto y luego le disparó en el cuello, pese a que no medió provocación alguna.

La sanción más dura hasta el momento en la historia judicial y que lidera el ranking se dictó en 2012.

En junio de ese año, en un fallo unánime, la Corte Suprema impuso la pena de presidio de 10 años y un día por violencia innecesaria y cuasidelito de homicidio contra cuatro funcionarios de Carabineros por su participación en la muerte del taxista Raúl Palma Salgado, en 1998, en un cuartel de Vitacura, tras someterlo a tortura y malos tratos.

En paralelo, sentenció al fisco a pagar una indemnización de 150 millones de pesos a la cónyuge e hijos de Palma Salgado.

El resto de las penas, en tanto, han sido sustancialmente más bajas.

En 2017, el máximo tribunal sentenció a tres años de pena remitida a dos efectivos policiales y a 100 días de reclusión militar a otros dos uniformados, quienes fueron considerados responsables de la muerte de una persona al interior de un furgón policial tres años antes, en Rancagua.

Los agentes policiales lo habían detenido luego de que no pagara una cuenta en un restaurante, por lo que lo dejaron encerrado en la parte trasera del vehículo, donde estuvo a pleno sol y con escasa ventilación durante cerca de seis horas, lo que le generó la muerte.

Por otra parte, una de las sentencias más bajas se le dio a Miguel Milacura Cárcamo, el funcionario policial que le quitó la vida a Manuel Gutiérrez en 2008. A fines de 2015, la Corte Suprema ratificó la condena de 400 días de reclusión a Milacura por ser autor de cuasidelito de homicidio.

En el fallo, el máximo tribunal del país estimó que la conducta desplegada por el ex uniformado fue una imprudencia temeraria al momento de reprimir una protesta social, por lo que incurrió en una acción culposa y no dolosa.

Este registro es inversamente proporcional a las penas que se le han dado a los civiles que han matado a funcionarios de Carabineros.

Gran parte de estos casos han terminado con sentencias de entre 15 a 20 años de presidio e incluso hay algunas que han sobrepasado esos niveles.

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