Raul Zamora/Aton Chile
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Los diputados DC Gabriel Silber y Daniel Verdessi anunciaron que mañana ingresarán un proyecto que modifica la ley 20.606 sobre composición y publicidad de los alimentos, obligando el etiquetado con sellos de los alimentos que contengan ácidos grasos trans de origen industrial.

Los parlamentarios explicaron que la medida se adopta tras las preocupantes cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS)) de este año, que confirman que Chile es el tercer país de América Latina y el Caribe con mayor tasa de obesidad.

“En Chile las grasas trans se encuentran reguladas en el reglamento sanitario de los alimentos, el que permite un 2% máximo de presencia de grasas trans, esto en línea con las regulaciones internacionales”, explicó el diputado Silber.

“Sin embargo, creemos que es necesario endurecer las medidas en contra de este tipo de grasas trans de origen industrial que son tan dañinas para el organismo, obligando a las empresas a colocar sellos en los productos para que el consumidor sepa que estos contienen grasas trans de origen industrial”, detalló el parlamentario.

Silber agregó que “de esta manera, buscamos contribuir a mejorar la salud de la población, permitiendo que el consumidor tenga la información en un sello visible, al igual que la ley de etiquetado exige a los productos altos en azúcares, calorías, sodio y grasas”.

El diputado Verdessi señaló que “si bien las grasas trans de origen industrial ofrecen ventajas a la industria de los alimentos, estos ácidos grasos trans tienen efectos adversos para la salud de las personas aumentando el riesgo de obesidad en la población, enfermedades cardiovasculares, muerte súbita de origen cardíaco, ya que incrementan el nivel de colesterol perjudicial y disminuyen los niveles de colesterol bueno inflamando el revestimiento de las arterias”.

Verdessi añadió que “el proyecto establece la obligación a las empresas productoras de alimentos que comercialicen productos con grasas trans de indicar su presencia y cantidad en el alimento quedando exceptuados de esta obligación y/o posibilitados de promocionar su ausencia los productos que contengan 0% de grasas trans”.

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