La Corte Suprema acogió un recurso de protección en contra de BancoEstado, luego que se denunciara que mantenía un registro de deudores para evaluar potenciales clientes, ver su comportamiento de pago e impedir, según sea el caso, la apertura de cuentas corrientes.
Según se conoció a través del Poder Judicial, la Tercera Sala del máximo tribunal acogió la acción cautelar, estableciendo el actuar ilegal y arbitrario de la entidad bancaria.
En el escrito, se describe la forma de operar del banco, como asimismo cómo se pasó a llevar la legislación vigente.
“ (…) En estas circunstancias en que, atendido el término del procedimiento de liquidación la condición de deudor del recurrente no se encontraba, a la fecha en que solicitó la apertura de la cuenta corriente al recurrido, ‘establecida de un modo formalmente incuestionable’ -como exige el capítulo 18-5 de la Recopilación actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras- procedía que la información cuestionada fuera excluida o al menos suspendida de dicho registro”, se lee en el fallo.
En la resolución, se establece que lo obrado por la institución bancaria fue arbitraria, “puesto que sin justificación y con infracción de las normas referidas empleó un dato económico cuya vigencia es al menos dudosa para evaluar el riesgo de la petición de apertura de cuenta corriente del actor y para, en definitiva, rechazarla”, remarcaron los magistrados de la Corte Suprema.