Agencia Uno
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En una extensa declaración, la Tercera Sala de la Corte Suprema insistió en que las resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) pueden ser impugnadas mediante un recurso de protección de garantías constitucionales, y pidió que se ordene al TC no volver a pronunciarse sobre los fallos de estos recursos en el ámbito laboral.

Según la Tercera Sala, presidida por el ministro Sergio Muñoz, “la autonomía constitucional del referido tribunal no excluye la revisión judicial posterior por medio de la acción constitucional de garantía de derechos fundamentales que la Carta Política contempla, puesto que no ampara aquellas que se han realizado al margen de las atribuciones confiadas por la Constitución o la ley”.

La disputa entre las instituciones se dio luego de que la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (Asemuch) presentara un recurso de protección contra una sentencia del TC  sobre un caso de tutela laboral de una funcionaria pública.

En la misma declaración, se recalca que “la determinación de esta Corte Suprema, confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, por la cual se rechazó el recurso un protección”.

Por ello, se explica que “mediante el recurso de protección, la Corte Suprema se encuentra investida de facultades destinadas a asegurar la vigencia de los derechos fundamentales, circunstancia que la habilitan para resolver y, en su caso, adoptar todas las medidas que estime conducentes para otorgar la debida protección a quienes han visto ilegítimamente amagados los derechos constitucionales enunciados en el artículo 20 y previstos en el artículo 19 de la Constitución Política de la República”.

“Los actores han solicitado se ordene que, en lo sucesivo, el Tribunal Constitucional se abstenga de emitir pronunciamientos que determinen la inaplicabilidad del procedimiento de tutela de derechos fundamentales (…) no puede esta Corte señalar al Tribunal Constitucional, órgano autónomo, cómo debe ejercer sus facultades, sin que, por lo demás, deba recordarle que en el ejercicio de aquellas debe respetar la Constitución y la ley”, se añade.

“Conforme lo regula el Código Orgánico de Tribunales, para el ejercicio de sus competencias, la Corte Suprema se encuentra dividida en Salas y cada una de ellas representa a toda la Corte”, concluye el texto.

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