Agencia Uno
Comparte

La Defensoría de la Niñez dijo estar analizando acciones judiciales que permitan a quienes fueron afectados por la suspensión de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) de Historia a darla de igual forma, en el caso de que fuera requisito para postular a la carrera.

De acuerdo a la institución pública, esta medida es para que los inscritos “vean asegurada la igualdad ante la ley y tengan la posibilidad cierta de rendir una prueba que pudiera favorecer su situación de ingreso a la universidad, así como también, en algunos casos, concretar la debida rendición de dicha prueba en tanto constituir requisito para algunas carreras universitarias“.

“En ese sentido, también necesitamos la información del Demre para individualizar quiénes son los y las jóvenes afectados y recurrir en su representación”, agregaron.

En el caso de aquellos jóvenes que dieron la PSU de Lenguaje, Matemáticas o Ciencias “en condiciones no favorables a la concentración y tranquilidad” y que “y que han solicitado la intervención institucional para poder rendir la PSU en condiciones debidas, solicitaremos al Demre, como responsable del proceso, su inclusión en el grupo de jóvenes que tendrán acceso a la rendición de la PSU en la nueva fecha informada, esto es,  27 y 28 de enero próximos“.

Con respecto a la advertencia del Ministerio de Educación contra quienes participaron el boicot contra la PSU y que serían excluidos del proceso de selección, “como Defensoría de la Niñez velaremos por el resguardo y respeto efectivo del derecho al acceso a la educación de ellos y ellas como el de cualquier niño, niña o adolescente que viva en Chile”.

Este es un derecho garantizado por la Constitución que “no puede ser infringido por decisiones administrativas ni reglamentarias y que incluso se encuentra asegurado a quienes, habiendo sido condenados por la ley penal, se encuentran privados de libertad”, detallaron.

“En relación a la aplicación de la Ley de Seguridad Interior del Estado a adolescentes, como Defensoría de la Niñez reafirmamos nuestro compromiso y convicción que, conforme a los estándares internacionales de derechos humanos, resulta inaplicable, por control de convencionalidad, esa ley a este grupo de la población, toda vez que respecto de las y los adolescentes, el mandato y obligación para Chile, en virtud de su ratificación, el año 1990, de la Convención sobre los Derechos del Niño es tener una justicia especializada y específica para adolescentes misma que en nuestro país se encuentra contenida en la Ley N° 20.084 cuyos principios rectores y objetivos, partiendo por el resguardo efectivo del interés superior de los adolescentes, no se condice con la aplicación de la citada Ley de Seguridad Interior del Estado”, concluyen.

 

 

 

 

 

Últimas Noticias