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Agencia Uno
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La Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto que aumenta las penas a quienes incumplan las medidas sanitarias impuestas por el Gobierno para evitar los contagios de Covid-19. El proyecto fue aprobado, en su último trámite, por 108 votos a favor, 31 en contra y 8 absteciones.

“Cámara ratifica modificaciones del Senado y despacha a ley el proyecto que sanciona la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia“, informó la Corporación.

La norma establece que una infracción de una medida sanitaria será penada con presidio en su grado mínimo a medio, o sea, de 61 días a 3 años y un día.

En tanto, las multas irán desde las 6 UTM hasta las 200 UTM, es decir, desde los $300.000 hasta los $10.000.000.

Se considerará como agravante  quienes convoquen”a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio”.

Asimismo, quienes generen riesgo de propagación de agentes patológicos, arriesgarán hasta 5 años de presidio y una multa que va desde los 25 hasta las 250 UTM. 

Por su parte, el que a sabiendas y teniendo autoridad para disponer el trabajo de un subordinado, le ordene concurrir al lugar de desempeño de sus labores cuando este sea distinto a su domicilio o residencia, y el trabajador se encuentre en cuarentena o aislamiento sanitario obligatorio decretado por la autoridad sanitaria, será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio (entre 61 días y 3 años de cárcel) y  multas de 10 a 200UTM por cada trabajador al que se le haya ordenado concurrir.

Tratándose de condenados a penas privativas de libertad, el texto permite aplicar, preferentemente, penas sustitutivas de prestación de servicios en beneficio de la comunidad.

 

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