Jorge Becker
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Este mes se cumplen dos años de la aprobación de la ley de interrupción voluntaria del embarazo en Chile en tres causales: riesgo de vida de la madre, inviabilidad fetal y violación.  
Ha sido implementada en todos los hospitales públicos de alta complejidad y cuando hay casos en centros más pequeños, estos deben ser derivados a los s grandes para su resoluciónya sea por aborto, parto prematuro o continuación del embarazo según sea la voluntad de la mujer, donde poco y nada importa la opinión técnica del médico tratante.
A nivel de Minsal, se ha gastado una cantidad importante de recursos en relación a la magnitud del problema. Se han hecho cientos de capacitaciones en hospitales y consultorios, se han comprado equipos médicos e instrumental que, si bien pueden usarse en otras cosas, raras veces se había aprobado presupuesto con tanta celeridad y eficiencia cuando se solicitaron para situaciones de mucho mayor relevancia epidemiológica como son el parto prematuro, el embarazo adolescente, etc.

Además, se ha contratado personal específico para la implementación de la ley como son las duplas sicosociales, cargos que también se generaron con celeridad poco habitual en el sistema público.

Entre tanto, los médicos nos vimos obligados a definir nuestra posición. Los objetores debimos firmar un formulario diciendo que lo somos, quedando este en manos del director de cada hospital para que sepa con quién cuenta para ejecutar la ley.  Esto debe ocurrir  antes de enfrentarse a una situación donde una paciente pida aplicar la ley, ya que si un objetor no lo firmó, no puede declararlo en el momento y debe hacer un aborto, si la paciente está dentro de las causales.

Sin embargo, la realidad ha sido muy distinta, porque hoy la objeción de conciencia no es más que un papel para cumplir con la ley, ya que estamos viviendo diversas situaciones donde no podemos ejercerla.

Por ejemplo: 

1) Si un médico es objetor y la paciente solicita interrupción del embarazo, él debe derivarla a un no objetor, por lo tanto está legalmente obligado a participar en el camino que termina en un aborto

2) Igual situación se da si una paciente está dentro de una causal pero no lo sabe o no lo solicita, el objetor tiene la obligación legal de explicárselo, por lo tanto de ofrecerle la interrupción del embarazo para que ella decida. Es decir, el objetor está obligado a ofrecer muerte fetal, aunque no haga directamente un aborto.
3) Por otro lado, lobjeción sólo se admite para procedimientos dentro del pabellón, por lo tanto todo el “antes” y el “después” debe ser hecho por un objetor si le toca atender a una paciente que solicite la interrupción del embarazo. Por ejemplo, debe recetar fármacos abortivos y debe administrarlos. Entonces, si una paciente inicia su trabajo de aborto en una cama de hospital y tiene un aborto completo (sin necesidad de pabellón), el aborto finalmente podría haber sido hecho por completo por un objetor, ya que la paciente nunca entró pabellón y todas las acciones realizadas, el objetor no puede, legalmente, negarse a hacerlas.

4) Por último, cuando solo hay objetores en un turno, pero el proceso de inducción de aborto fue iniciado por un no objetor durante el día, si el evento final ocurre de noche, se transforma en una “urgencia” y eso obliga al objetor a actuar, porque no hay nadie más que lo haga, es decir, el objetor debe llevar a la paciente a pabellón y terminar haciendo el aborto. 

Estas situaciones están ocurriendo en Chile, desde la promulgación de la ley, sobre todo en lugares donde los no objetores son pocos, especialmente con las causales de malformaciones fetales y violación, y en menor grado, cuando se trata de riesgo vital de la madre.

En resumen, los médicos objetores, estamos viendo, con frecuencia como se violenta nuestra forma de pensar porque la ley no permite realmente hacer objeción de conciencia en la práctica. Esto, tarde o temprano terminará en algún tipo de conflicto laboral que probablemente implicará la renuncia de algunos o varios especialistas del sistema público de salud porque nos negamos a participar de algo que no está validado en ninguna escuela de medicina: ofrecer muerte de seres humanos como solución a un problema de salud y ocuparse de que eso ocurra cuando una paciente lo pida.

Jorge Becker
Ginecólogo Obstetra
Médico Objetor

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