Paul Plaza/Aton Chile
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El senador Alejandro Navarro (PAIS) pidió al gobierno que patrocine y dé urgencia a un proyecto de ley que presentó en mayo de 2010 y que obliga a la iglesia de cualquier credo religioso a denunciar los delitos sexuales a la justicia.

El legislador por el Biobío enfatizó que la iniciativa busca que los religiosos que presencian estos delitos, cumplan con el deber de informarlo a las autoridades respectivas, como están obligados por ley los fiscales, carabineros, los directores de colegios, los jefes de hospitales, los jefes de puertos, aeropuertos, estaciones de trenes o buses, entre otros. Y si no lo hacen, al igual que otras autoridades podrían ser sancionados por la justicia.

A juicio de Navarro, no basta el perdón ofrecido por todos los obispos recientemente renunciados luego de su visita al Papa Francisco y tras las graves acusaciones de abusos sexuales que en estos días han aumentado a lo largo de Chile. “La Iglesia debe denunciar estos delitos a la Justicia”, aseveró.

“Lamentablemente desde 2010 a la fecha hemos conocido más casos de abusos sexuales cometidos por sacerdotes y no investigados por la autoridad respectiva, en este caso los obispos. Ello nos lleva a pedir hoy con más fuerza que en el caso de los delitos provocados por religiosos, quienes sepan de ellos, tengan la obligación de denunciarlos ante la Justicia, pues no basta con someterlos a un proceso canónico”, afirmó.

El legislador destacó que el proyecto busca modificar el artículo 175 del Código Procesal Penal, el que expresa que sólo tienen el deber y la obligación de denunciar cualquier tipo de delitos a la justicia los carabineros, fiscales, médicos, capitanes de puerto y aeropuertos, entre otros; pero nada dice sobre las autoridades religiosas.

Según Navarro, el objetivo de la iniciativa es “agregar al mencionado artículo a los ministros de cualquier culto, sean pastores, sacerdotes, o cualquier denominación, con el fin de agilizar los procesos de investigación y que éstos no sólo queden al interior de la Iglesia”.

Asimismo, se busca sancionar al que conociendo un delito no lo denuncie, porque se entiende que al conocer el delito y no lo denuncie a la justicia, se convierte en cómplice.

El proyecto señala textualmente:

Artículo único: incorpórese al artículo 175 del Código Procesal Penal, la siguiente letra f) nueva: “Las autoridades eclesiásticas o de culto superiores, de cualquier confesión religiosa, sean de derecho público o derecho privado, y, en general los obispos, pastores, ministros de culto, diáconos y sacerdotes, los delitos cometidos por personas consagradas institucionalmente a su respectivo culto, en ejercicio o con ocasión de su ministerio”.

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