SEBASTIAN BELTRÁN GAETE/AGENCIAUNO
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Esta jornada la Comisión de Constitución aprobó el proyecto que incorpora disposiciones transitorias para la retención judicial de fondos previsionales si existen deudas por obligaciones alimentarias.

La propuesta legal establece que el juez podrá decretar la retención de los fondos previsionales, con el fin de cautelar los derechos derivados de las pensiones alimenticias que se encuentren devengadas. Al respecto, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, señaló que “se ha dado un gran paso”.

“El proyecto va a permitir, presentada la solicitud por el alimentario, que el juez, de inmediato, en menos de 48 horas, notifique a la AFP la retención correspondiente. Y, en seguida, el juez deberá proceder de oficio, toda vez que él tenga conocimiento de deudas ya liquidadas, para que la AFP también retenga esas platas”, sañaló Larraín.

El ministro detalló además que “la AFP no solo deberá retener, sino que será ella la que va a notificar de esto al demandado, al deudor alimentario, cuestión que es clave porque por ahí fallan normalmente los juicios de alimentos, nunca se encuentra al demandado”.

Finalmente, el ministro Larraín destacó que esperan que “mañana la Cámara de Diputados despache esta norma, y deseablemente, que la vea el Senado en esta semana. Con ello, aseguramos así que esta posibilidad de que las deudas alimentarias se paguen, sea realidad”.

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