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La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó, a su tercer trámite constitucional, el proyecto iniciado en moción que autoriza a los prestadores de salud para efectuar atenciones de telemedicina.

La propuesta, aprobada por unanimidad, considera la telemedicina como parte integrante de la “salud digital”, herramienta importante para garantizar el acceso a la salud.

Destaca el proyecto sus beneficios no solo en pandemia, sino en diversas situaciones que dificultan la concurrencia a centros de salud.

El texto autoriza de manera permanente a los prestadores de salud para realizar este tipo de atenciones. Sin embargo exige mantener registros clínicos, en los mismos términos que una atención presencial.

La iniciativa modifica la Ley 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas, en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

Aspectos centrales de la normativa

Se entenderá por atención a distancia o telemedicina la prestación de servicios de atención de salud, que compete a todos los profesionales de la salud, que tiene lugar mediante la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

El objetivo es el intercambio de información con fines de diagnóstico, terapéutico, rehabilitación, prevención de enfermedades y lesiones, investigación y evaluación, entre otros. Además, el uso de la telemedicina puede ser tanto en condiciones de atención ambulatoria como hospitalaria.

La norma regula el derecho del paciente a informarse sobre las características y condiciones de la atención telemática. A su vez, garantiza la correcta identificación del prestador individual que realiza la atención de telemedicina, quien será escogido por el paciente.

Agencia Uno

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