JUAN GONZALEZ/AGENCIAUNO
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La Corte Suprema obligó a la empresa Cencosud Administradora de Tarjetas S.A. a pagar una indemnización de 500 mil pesos a una clienta, que se había retractado de una compraventa de mercaderías que le llegaron con retraso.

Según Radio Bío Bío, la empresa había informado a la mujer como morosa ante la Cámara de Comercio de Santiago y Dicom, a pesar del retracto sobre la compra.

La demandante demandó a Cencosud por 40 millones por daño moral y daño emergente. Sin embargo, el tribunal ordenó a cancelarle solo 500 mil pesos.

“Que –continúa–, en lo que atañe a la regulación del daño moral, la impugnación del monto concedido por este concepto corresponde a una materia ajena al recurso en estudio, puesto que la regulación del mismo corresponde a una facultad exclusiva de los jueces del fondo, que se agota en la instancia y, por ende, no es revisable por esta vía“, aparece en la sentencia.

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