FOTO: HANS SCOTT/AGENCIAUNO
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Este sábado el Diario Oficial publicó la modificación a la Ley General de Pesca y Acuicultura que regula la captura de la Jibia.

En la normativa se establece que “la especie Dosidicus gigas o jibia sólo podrá ser extraída utilizando potera o línea de mano como aparejo de pesca. Se prohíbe cualquier otro tipo de arte o aparejo de pesca”.

Además, se agrega que “los armadores que infrinjan el presente artículo serán sancionados con multa de 500 unidades tributarias mensuales (24 millones 150 mil pesos) y el comiso de las especies hidrobiológicas y de los productos derivados de éstas”.

Cabe recordar que la conocida “Ley de la Jibia” generó diversas manifestaciones de los pescadores artesanales e industriales del molusco, por sus posturas a favor y en contra de la normativa, respectivamente.

Tras semanas de movilizaciones y negociaciones, el Gobierno, a través del ministro de Economía, José Ramón Valente, llegó a un acuerdo con los gremios para no presentar un veto a la ley y promulgarla tal cual como fue aprobada por el Congreso.

No obstante, se llegó a un acuerdo con los artesanales para trabajar en el perfeccionamiento de la normativa, a partir de marzo, lo que fue rechazado por los industriales.

Agencia Uno.

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