El próximo domingo 17 de diciembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional, instancia donde la ciudadanía deberá inclinarse por una de las dos opciones; a favor o en contra de la propuesta.
Cabe recordar que en esta elección el voto es obligatorio para quienes tengan su domicilio electoral inscrito en Chile.
Sin embargo, previo a los comicios, hay un cronograma que establece una serie de aspectos, tales como la definición de vocales de mesa y la propaganda electoral.
¿Qué es la propaganda electoral?
Sobre el último punto, el Servicio Electoral (Servel) aclaró que la propaganda electoral es “todo evento o manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en soportes audiovisuales u otros medios análogos”.
No obstante, el organismo aclaró que “siempre que induzca a apoyar a alguna de las proposiciones sometidas a consideración de la ciudadanía”.
Para esta elección, el periodo de propaganda se extenderá desde “la publicación del decreto supremo exento que convoca a plebiscito hasta el 14 de diciembre de 2023”.
Además, el Servel hizo un llamado a denunciar en su sitio web la presunción de propaganda irregular.
Con ocasión del Plebiscito Constitucional, ¿qué es y no lo es propaganda electoral? Acá te lo explicamos 👇🏼 pic.twitter.com/hXWMeiEzDK
— Servicio Electoral (@ServelChile) October 17, 2023
Voto en el Plebiscito Constitucional
Además, el organismo dio a conocer los elementos necesarios para asistir a sufragar. Entre ellos, se encuentran:
- Revisar en servel.cl y anotar la mesa y local de votación (a contar del 25 de noviembre)
- Contar con cédula de identidad o pasaporte vencido hasta el 1 de enero de 2020
- Llevar lápiz pasta azul
- Marca solo una opción