Paul Plaza/ Aton Chile.
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por la conductora de un furgón escolar en contra del colegio La Maisonnette y del Centro de Padres del establecimiento de la comuna de Vitacura, quienes informaron a los apoderados que la mujer estaba inhabilitada para prestar el servicio en 2019.

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario y discriminatorio del colegio y del centro de padres.

“La comunicación del Colegio al Centro de Padres en orden a que doña Paula Alejandra Espinoza Ibaceta, no era adecuada para el cargo y la posterior comunicación del Centro de Padres a los apoderados, resulta ser del todo arbitraria”, sostiene el fallo.

“En efecto, tal determinación no le corresponde al Colegio ni al Centro de Padres, sino a las autoridades fiscalizadoras correspondientes, de acuerdo a las regulaciones contenidas en los Decretos N° 38 de 1992, que Reglamenta el Transporte Remunerado de Escolares y el N° 38 de 2003 que crea el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares”, agrega el dictamen.

La resolución señala que “una conductora de furgón escolar, para obtener la habilitación correspondiente, debe estar inscrita como conductora en el Registro de Transporte Remunerado”.

“En el caso presente lo está y debe ser sometida a un examen sicológico especialmente formulado para conductores, y en este caso conforme la documentación acompañada, doña Paula Espinoza Ibaceta, periciada sicológicamente por la Escuela de Conductores del Automóvil Club de Chile con fecha 27 de agosto de 2018, no fue rechazada en ninguno de los rubros que corresponde”, precisa el fallo.

La resolución indica que “la actuación de Colegio La Maisonnette y del Centro de Padres del mismo, resulta ser arbitraria y constitutiva de una abierta y manifiesta discriminación que atenta en contra de la integridad síquica y honra de doña Paula Alejandra Espinoza Ibaceta, conductora del Furgón Escolar, al pretender por vías de hecho y comunicaciones a los apoderados, obligar a la propietaria del furgón a cambiar nuevamente a la conductora, afirmando para ello, que no era apta sicológicamente para el trabajo, fundado en cuestionable informe emitido por un sicólogo del Colegio, sin atenerse a los informes de las autoridades correspondientes”.

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