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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a Camilo Mario Cruz Hernández y Rodolfo Iván Dubó Rubiño a las penas de 5 años de presidio efectivo, por los delitos reiterados de estafa y el delito de lavado de dinero.

Los ilícitos fueron perpetrados entre los años 2012 y 2016, a través de la empresa AC Inversions.

La Undécima Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia impugnada, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en la parte que concedió la libertad vigilada intensiva a los condenados, tras establecer que no se cumplen los requisitos para otorgar dicho beneficio.

En fallo dividido se estableció que “los informes periciales comentados se aprecia que en ninguno de ellos hay siquiera una referencia, (…) ningún comentario acerca de si los condenados tienen conciencia de los delitos por los cuales fueron condenados; si les preocupa el daño causado con estos delitos o si tienen algún grado de arrepentimiento”.

En el documento se añade que “nada se dice de la característica pluriofensiva de los delitos por los cuales Cruz y Dubó fueron condenados y nada se dice, al parecer ni siquiera se les preguntó, que opinaban de haber generado miles de víctimas y si tenían alguna conciencia del mal causado”.

Debido a esto, el tribunal determinó revocar la sentencia dictada en contra de los imputados, reemplazando la pena de libertad vigilada intensiva (por 5 años) por la de cinco años de presidio menor en su grado máximo”.

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