Rafa Mart’nez/Aton
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En una inédita decisión, los ministros de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso presentaron un requerimiento en el Tribunal Constitucional (TC) para solicitar la inaplicabilidad del uso de la tabla de factores, en el caso de una afiliada a isapre que quiso incorporar a su hijo que estaba por nacer a su plan de salud. El problema es que dicha decisión le implicaba aumentar el valor de pago de $ 180.000 a $ 265.000.

La información aparece hoy en La Tercera, que también consigna que, además de la particularidad de que el requerimiento provenga de una corte de justicia y no directamente del afectado, se agrega que el caso se suma a una serie de fallos por esta misma materia, y donde ya el TC y posteriormente la Corte Suprema han sentenciado en favor de una misma afiliada (en septiembre y octubre, respectivamente). En ambos casos, la conclusión fue que la tabla de factores era inaplicable en ese caso en particular.

Los tres integrantes de la Segunda Sala, los ministros Eliana Quezada, María Angélica Repetto y Max Cancino solicitaron, específicamente, que al igual como lo hizo en septiembre pasado, el TC decrete la inaplicabilidad por inconstitucional del artículo 199 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2006 del Ministerio de Salud, que es la base del sistema y justificación de las isapres para insistir en el uso de la tabla de factores. Esto, porque los numerales que permitían la elaboración de la misma fueron derogados por el TC en 2010, por permitir discriminar en razón de la edad y sexo de los afiliados.

En el caso de niños menores de dos años y de mujeres en edad fértil, la aplicación de los factores de riesgo, que se multiplican por el precio base de los planes de salud, elevan de manera considerable los costos de dichos contratos, lo que ha sido considerado por la justicia como una discriminación arbitraria.

Los argumentos de los magistrados para solicitar la inaplicabilidad del artículo en cuestión se basan en la resolución del TC de septiembre pasado, donde este organismo determinó que su aplicación vulnera garantías constitucionales, que es discriminatorio, y porque las contingencias de salud de un recién nacido o un niño menor de dos años “ya han sido consideradas por el legislador en el precio GES (Garantías Explícitas en Salud) del plan de salud”, por lo cual no correspondería hacer doble cobro.

Además, y respecto de la garantía constitucional de protección a la salud y de elegir libremente el sistema, el requerimiento alude a que la aplicación de la tabla parece generar un aumento desproporcionado del precio del plan de salud, de 6,54 UF a 9,62 UF ”, lo que, según agregan, “podría vulnerar un principio inspirador de la seguridad social, pues a mayor riesgo debe proveer de mayor cobertura.

Asimismo, podría obligar a la afiliada a tener que buscar otro sistema de salud u otra isapre, dado el aumento en el precio de su plan, lo que según los jueces permitiría a la isapre “escoger unilateralmente a sus cotizantes, mediante la fijación del precio utilizando factores que, como se ha dicho, ya han sido declarados inconstitucionales”.

Esto luego de que la afectada presentara un recurso de protección en el tribunal de alzada de Valparaíso, el que gestionan los magistrados que solicitan el requerimiento al TC.

El abogado de la empresa Conserva tu Plan y representante de la afiliada, Francisco Campos, explicó que ven como una “buena señal que la justicia está considerando el fallo del TC y de la Corte Suprema, donde se respaldó que no corresponde aplicar la tabla de factores, porque esta fue derogada en el fallo del TC de 2010. Es muy interesante desde el punto de vista jurídico”, indicó.

En la misma línea, el abogado Esteban Arévalo Díaz, especialista en derecho de salud, destacó que es “una excelente señal que sea la propia Corte de Apelaciones la que solicite la declaración de inaplicabilidad, ya que esto significa, primero, que consideran que la norma es inconstitucional y segundo, porque ahorran al recurrente el tener que deducir el requerimiento”, indicó.

Desde la isapre Colmena, cuestionada en este caso, indicaron que “casos como este vuelven a poner en la opinión pública la necesidad de concretar una reforma que permita establecer reglas claras para el funcionamiento del sistema de salud privado”, reforma en la que trabaja el gobierno y que sería ingresada al Congreso antes del 31 de enero.

En la resolución del TC de septiembre pasado, donde se acogió la inaplicabilidad de la tabla de factores para un caso en particular, la decisión no fue unánime y se dividió entre cinco votos a favor y cuatro en contra.

Dos de los votos a favor fueron de los ministros Carlos Carmona y Marisol Peña, los que ya no forman parte del pleno, luego que terminaran sus periodos y fueran reemplazados por los ministros Miguel Ángel Fernández y María Pía Silva, respectivamente. Esto, según Campos, si bien “podría cambiar el criterio del pleno, producto de la nueva composición del TC”, se mostró confiado en que dicha resolución “se debe fallar en derecho”.

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