Fiscalía pensiones de gracia
LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO
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Durante la jornada de este miércoles, se dio a conocer que la Fiscalía se comunicó con todos los persecutores del Ministerio Público, para que se rijan de acuerdo al Plan “Fondéate en tu Casa” impulsado por el Gobierno, para frenar los contagios por Covid-19 durante el período de Fiestas Patrias.

Específicamente, fue el abogado jefe de Delitos Económicos y Medioambientales de una de las unidades especializadas de la Fiscalía Nacional, Andrés Salazar, quien el envió un correo a todos los fiscales de la entidad, con todos los lineamientos sobre las próximas celebraciones.

En el texto, se indica que “de la revisión de las distintas resoluciones exentas que han sido publicadas hasta la fecha en el Diario Oficial, se constata que las disposiciones del PFC no se encuentran contenidas en ninguna de ellas. Esto no quiere decir que el gobierno no alcance a otorgar la cobertura institucional que demanda el artículo 318 del Código Penal para su operatividad, en los próximos días”, según consigna La Tercera.

Además, en el correo se señala que “sea cual sea el escenario normativo que rija para los días 18, 19 y 20 de septiembre, se recomienda prudencia a la hora de evaluar la situación de flagrancia, decidir la detención del imputado y solicitar medidas cautelares personales. Para estos efectos, deberá indagarse la mayor cantidad de antecedentes fácticos que sean posibles de recoger en relación con las circunstancias que rodean el procedimiento”.

Por otra parte, sobre las personas que organicen eventos grandes o fondas clandestinas, la Fiscalía sostuvo que este hecho será considerado una agravante. Esto, ya que en el artículo 318 se indica que “será circunstancia agravante de este delito cometerlo mediante la convocatoria a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio”.

Por último, desde la Fiscalía aclaran que todas las infracciones sanitarias deberán ser denunciadas ante el Ministerio Público: “Todo indica que la autoridad sanitaria cuenta con amplios poderes de supervigilancia e inspección, tal como lo demuestran las reglas contenidas en los artículos 155 y siguientes del Código Sanitario. Ante la eventual constatación de la infracción de una regla sanitaria, la autoridad deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público. Salvo que se trate de los casos más graves de infracción a las reglas pertinentes (318 inc. 2; 318 bis; 318 ter), los fiscales deberán proceder de conformidad con los criterios de actuación contenidos en el instructivo vigente, razón por la cual, en caso de ser esta la primera infracción, procederá a la citación y así sucesivamente”.

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