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Agencia Uno
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El Presidente Sebastián Piñera promulgó este jueves la ley de matrimonio igualitario, que modifica el Código Civil y  otros cuerpos legales para permitir el matrimonio de parejas del mismo sexo y regular los derechos y obligaciones que adquirirán quienes lo celebren.

Dentro de los principales aspectos de la ley de matrimonio igualitario se destaca la modificación de normas para hacer compatible el sistema filiativo actual para que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio civil, cambios en la definición de matrimonio como tal y la disposición de que se reconocen los matrimonios, independiente del sexo de los contrayentes, que se hayan realizado en el extranjero.

Principales aspectos del proyecto:

  • Sobre la institución del matrimonio: Se cambia la definición de matrimonio como un contrato solemne por el cual dos personas, en lugar de un hombre y una mujer.
  • En materia de filiación: Se modifican las normas para hacer compatible el sistema filiativo actual con los matrimonios entre personas del mismo sexo. Se modifica la terminología utilizada por el Código Civil, reemplazando las palabras “padre” y “madre” por “progenitores”, como también los términos de “marido” y “mujer” por el concepto “cónyuges”.

Además, se modifican las normas que precisan las formas de determinación de la filiación, estableciéndose que los cónyuges del mismo sexo podrán determinar vínculos de filiación, ya sea por técnicas de reproducción humana asistida, como también por acto jurídico de reconocimiento.

  • Régimen de bienes: Los cónyuges del mismo sexo se entenderán como casados con separación de bienes y podrán pactar, vía capitulación matrimonial o durante la vigencia del matrimonio, únicamente la participación en sus ganancias, pero no en el régimen de la sociedad conyugal.
  • Pago de Pensiones Alimenticias: Se dispone que el padre y la madre pueda solicitar alimentos para el hijo ya nacido o que está por nacer.
  • Sobre matrimonios celebrados en el extranjero: Se dispone que, aquel matrimonio celebrado en país extranjero, y que sea entre personas de mismo o distinto sexo, producirá en Chile los mismos efectos que si se hubiere celebrado en territorio chileno. Asimismo, deroga el reconocimiento como Acuerdo de Unión Civil de los matrimonios celebrados en el extranjero por personas del mismo sexo.

Durante la ceremonia de promulgación, celebrada en La Moneda, el Presidente Piñera dijo que “la libertad, la verdadera libertad se construye siempre reconociéndonos como iguales en dignidad y derechos y, sobre todo, iguales ante la ley, y respetando y valorando la diversidad de identidades, de proyectos de vida. Por supuesto, esa libertad, también debe incluir la libertad de amar”.

“Hoy llegó el tiempo del matrimonio igualitario en nuestro país, llegó el tiempo de profundizar en torno al valor de la libertad y la dignidad. Llegó el tiempo de consagrar la libertad de amar y formar familia, llegó el tiempo de darle todo el valor a la dignidad de todas las relaciones de amor y afecto entre dos personas”, agregó.

“Con la ley de matrimonio igualitario que hoy promulgaremos, todas las parejas que así lo deseen, independiente de su orientación sexual, podrán vivir el amor, contraer matrimonio y formar familia con toda la dignidad y protección legal que sin duda, necesitan y merecen”, dijo el Presidente.

Junto a lo anterior, el Mandatario sostuvo que esta ley “también protege la libertad religiosa, porque es una ley de matrimonio civil, que respeta los matrimonios religiosos, que tiene la libertad de definir sus propias condiciones y naturaleza”.

 

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