Domicilio del elector
Agencia Uno.
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La Cámara aprobó este martes los cambios del Senado al proyecto de reforma constitucional para privilegiar la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación.

Esta nueva ley se aplicará para el plebiscito de salida que se realizará el próximo 4 de septiembre del presente año.

De esta forma, tras cumplir con toda su tramitación legislativa, la iniciativa fue despachada a ley para ser promulgada por el Presidente Gabriel Boric.

Previamente, la Sala del Senado aprobó por unanimidad la normativa, que había sido previamente discutida y aprobada por la Comisión de Constitución.

Detalles de la nueva ley

El Ejecutivo acogió las propuestas presentadas por el Servicio Electoral (Servel), con la finalidad de realizar un adecuado plebiscito de salida.

Es por ello, que se incorporó varias indicaciones que fueron respaldadas por la Cámara Alta, en el segundo trámite.

  • Adecuaciones en materia de términos (cambio de “ciudadanía” por “electorado”, así como “ciudadano” por “elector”).
  • Otorga al director del Servel la potestad para denunciar las infracciones al deber de votar, dentro del año siguiente a la celebración del plebiscito de salida.
  • Establece como fecha del plebiscito constitucional el 4 de septiembre de 2022, para efectos de aplicar normas sobre padrones y propaganda electoral.
    1. La suspensión de inscripciones en el Registro Electoral que provengan de solicitudes de acreditación de avecindamiento.
    2. La actualización del Registro Electoral.
    3. La publicación de la nómina de electores mayores de 90 años que no cuenten con su documento de identidad vigente.

Para conocer tu domicilio electoral, ingresa en miconsulta.servel.cl. Cabe destacar que al ser un Plebiscito Constitucional con voto obligatorio, las personas que no ejerzan su sufragio se arriesgan a las multas que contempla la ley.

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