Agencia Uno
Comparte

La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó la suspensión del director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Thayer, por 10 días, debido a que el organismo no respondió a los informes que le fueron solicitados en torno a un recurso de protección ingresado el 24 de marzo de este año por una ciudadana cubana.

“Se le solicitó al Servicio Nacional de Migraciones un informe acerca del recurso de protección entablado el 24 de marzo de 2022 en favor de la ciudadana cubana (…) sin obtener respuesta alguna. Asimismo, por resoluciones de 12 de mayo, 30 de mayo y 24 de junio, todas del presente año y debidamente notificadas (…) se pidió cuenta de informe antes señalado y, además, en virtud de la referida resolución del 24 de junio, se le aplicó una multa de una Unidad Tributaria Mensual”, informó la Corte.

“No obstante lo señalado precedentemente, el Servicio recurrido sigue sin dar cumplimiento a las resoluciones emanadas de esta Corte de Apelaciones”, complementó.

En este sentido, el fallo detalla que “las medidas que han sido adoptadas hasta ahora con el objeto de instar por el cumplimiento de lo ordenado, en orden a informar al tenor del arbitrio constitucional que origina estos autos, han resultado absolutamente insuficientes, de manera que se procederá a hacer efectivo el apercibimiento de suspensión de funciones contemplado en la letra d del artículo 15 del Auto Acordado 94-2015 sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales”.

“Y, por tanto, se suspende al señor director del Servicio Nacional de Migraciones o a quien actualmente lo reemplace o haga las veces de tal, de las labores que le son propias en dicho cargo, por el término de 10 días, durante los cuales gozará de medio sueldo y que principiará una vez que esta resolución se encuentre firme”, precisa el texto.

“La usuaria no vio afectados sus derechos”

Desde el Servicio Nacional de Migraciones respondieron ante el fallo de la Corte de Apelaciones, indicando que “la medida señalada se encuentra pendiente de resolución por la Corte Suprema”.

Por otra parte, manifestaron que “el recurso de protección referido corresponde a una visa temporal solicitada en el marco del proceso extraordinario de regularización iniciado en abril de 2021″.

Bajo este contexto, enfatizaron que “la usuaria no vio afectados sus derechos en ningún momento y que, mientras su solicitud estaba tramitándose, tuvo acceso a una autorización de trabajo y residencia provisoria”.

“Este hecho en particular, al igual que otros miles, se enmarca en una situación compleja generada en los últimos años en el SERMIG. En abril de este año 2022, recibimos un Servicio con 500 mil solicitudes de residencias temporales y definitivas con uno, dos y hasta más años de retraso. Todas las solicitudes referidas corresponden a personas que ingresaron de manera regular a nuestro país”, precisaron.

Además, puntualizaron que “hoy existen más de 8.000 recursos judiciales presentados contra el SERMIG en todo el país, los cuales están siendo respondidos por un equipo de 13 abogados especializados en la materia”.

“Como respuesta a esa situación y desde el momento en que asumimos la gestión, hemos dispuesto un plan de normalización judicial del SERMIG, el cual ha sido puesto en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago y de Concepción”, insistieron desde Migraciones.

“Este plan de normalización contempla inversión, reforzamiento de equipos jurídicos y nuevos criterios para resolver la brecha operacional en la tramitación de visas, junto con la creación de una unidad especial de cumplimiento de fallos”, fueron parte de sus declaraciones.

Últimas Noticias