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Agencia Uno
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La Corte Suprema acogió doce recursos de protección presentados en contra de las alzas anuales de planes base de salud de las isapres Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida, y ordenó detener el incremento de 7,6% aplicado por cada una de estas entidades.

En las sentencias, la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus- dictó una serie de medidas destinadas a comunicar a las isapres, la Superintendencia de Salud y las Cortes de Apelaciones del país las decisiones para resolver casos similares.

En su fallo, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció el actuar “arbitrario” de las isapres “al comunicar de manera general el alza de los planes a los afiliados sin entregar mayores antecedentes que justifiquen el incremento de estos a cada uno de los afiliados“.

“Y sin fundamentar su decisión más allá de las razones que dio la Superintendencia de Salud para justificar los incrementos”, agrega el texto.

Junto con lo anterior, señala que “si bien es posible afirmar que, conforme con la nueva regulación antes transcrita, la razonabilidad o justificación requerida para una propuesta de variación del precio base de los planes de salud hecha por una Isapre no exige una vinculación directa con los planes individuales, sino que es de carácter general, aplicable ‘a todos los planes de salud’ ofrecidos por la Institución de Salud Previsional correspondiente, también lo es que tal variación debe justificarse en los precisos factores que la Ley N° 21.350 establece, reseñados en el considerando anterior”.

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