ley uber
Agencia Uno
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Con 26 votos a favor, uno en contra y una abstención el Senado aprobó la conocida “Ley Uber” que regula a las aplicaciones que prestan servicios de transporte.

Previamente, la Cámara de Diputadas y Diputados había hecho lo propio, por lo que ahora el texto quedó listo para su trámite de promulgación.

Ahora, lo despachado por el Congreso onsiderará a las apps como empresas de transporte remunerado de pasajeros, por lo que las obligará a inscribirse en un registro virtual de Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transporte.

Los vehículos solo podrán estar inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. La falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.

La norma viene de su tramitación en la Comisión Mixta en donde se resolvió la discrepancias entre ambas cámaras. Allí se definió que la ley mandatará a los conductores a que, en un máximo de 12 meses, cambien su licencia a una de clase A (profesional).

Las tarifas en la “Ley Uber”

Además, demanda informar al usuario la tarifa en forma previa, la que no podrá variar. Por otra parte, solicita que solo se registren vehículos de propiedad de personas naturales. Del mismo modo, pide que no se registren más de dos vehículos totales en el registro por cada propietario. En todo caso, se permite que puedan operar en distintas EAT.

Cabe mencionar que las empresas de aplicación que operan en Chile son Uber, Cabify y Didi.

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