corte de apelaciones
Agencia Uno
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Durante esta jornada, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección a favor de un adolescente que su madre no permitió que le hicieran una transfusión de sangre por temas religiosos.

Desde el Tribunal aclararon que la libertad de culto de la mujer no cede al derecho constitucional a la vida e integridad física y psíquica que tiene su hijo, por lo que “le ordenó al Hospital Dr. Carlos Cisternas de Calama a proceder con el procedimiento médico y con todo tratamiento que se requiera para restablecer el estado de salud del menor de edad”.

“El límite a la ejecución de actos relacionados con la convicción o creencia religiosa de un sujeto, es precisamente cuando aquellos actos traigan aparejados perjuicios en la salud o la vida de una persona”, indicaron.

Además aclararon que “no puede estimarse que el derecho a la libertad de conciencia y de profesar un culto, pueda configurar un obstáculo para la autorización que el organismo de salud necesita para proteger de manera efectiva el derecho a la vida e integridad física del menor”.

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