Agencia Uno
Comparte

El Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, asistió este martes en la comisión de Vivienda del Senado por el caso de transferencias.

En la instancia, Bermúdez advirtió 10 “debilidades del diseño institucional” y entregó 8 propuestas para regular las transferencias a fundaciones, en el marco del polémico Caso Convenios.

Debilidades del diseño institucional en materia de transferencias, según expuso el Contralor

  1. Transferencias como forma de ejecución presupuestaria. En la Ley de Presupuestos para el año 2023, se contempla al menos $1.454.838.469 en transferencias a privados.
  2. Falta de densidad normativa de las transferencias.
  3. Las grietas de la regulación financiera del Estado permiten que “no se siga la ruta del dinero público”. Ejemplo: transferencia a fin de año desde GORE a una municipalidad, es imposible de ejecutar, se contabiliza como recurso extrapresupuestario y el alcalde no requiere del Concejo para su ejecución.
  4. Excesiva discrecionalidad en la definición de los subtítulos (24, 31 o 33) con consecuencias en su ejecución.
  5. Excesiva discrecionalidad en las modificaciones presupuestarias.
  6. Excesiva discrecionalidad en la definición de los proyectos que se financian por vía de transferencia.
  7. Excesiva discrecionalidad en la utilización de “asignación directa” y “asignación nominativa” a personas jurídicas privadas.
  8. Ausencia de control de mérito o conveniencia de los proyectos que se financian por vía de transferencia.
  9. Baja eficacia de las “glosas de información”.
  10. Faltan normas de transparencia, conflictos de intereses y probidad de los receptores de recurso públicos.

8 propuestas para regular las transferencias, expuestos por el Contralor:

Propuestas de corto plazo:

  1. Eliminar las expresiones “corrientes a instituciones privadas” del art. 23 de la Ley de Presupuestos. Esta modificación permitiría que se apliquen reglas de suscripción de convenios, metas, plazos instructivos, garantías y sujeción de transferencias a estados de avances, deberes de información y otros, a todos los receptores de fondos públicos, incluyendo organismos de derecho privado.
  2. Se dicte por el Ministerio de Hacienda el instructivo de aplicación general respecto del contenido de los convenios de transferencia, con la finalidad de asegurar que los recursos públicos transferidos sean destinados efectivamente al objetivo para el que fueron asignados, así como su restitución, en caso contrario.
  3. Establecer la obligación de rendición de cuentas a través de la plataforma SISREC de la CGR (puede incorporarse en instructivo).
  4. Exigir en los convenios la constitución de garantías a partir de determinados montos transferidos, así como la aplicación de sanciones en caso de mala utilización de los recursos.

    Propuestas de mediano plazo:
  5. Aplicar el estatuto de probidad de la nueva ley de compras públicas a los destinatarios de transferencias.
  6. Fortalecer el registro de la ley N°19.862, facilitar su interfaz, establecer su interoperabilidad y generar reportes sobre las transferencias recibidas.

Propuestas de largo plazo:

  1. Trabajar en una ley sobre transferencias del Estado, retomando las minutas presentadas por CGR al Ministerio de Hacienda en 2020 y el documento de trabajo interno “Manual de Transferencias de Recursos Públicos”.
  2. Diseñar un sistema de información en que se plasmen todas las transferencias de recursos que realiza el Estado a entes privados, cuya información sea relativamente coetánea a la realización de la transferencia.

Últimas Noticias