El exfiscal Francisco Ljubetic se refirió al terremoto al interior del Gobierno provocado a raíz del Caso Monsalve y la denuncia por violación en contra del ahora exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve.
“Son uno de los atentados más relevantes desde el punto de vista de la afectación a las personas. Claramente, cuando este ha sido cometido por una autoridad pública, no solamente por la connotación que ello genera, sino que por los efectos multiplicadores que tiene, específicamente para la víctima”, señaló en conversación con La Mañana de Agricultura.
“Aquí se amplifican enormemente los efectos con toda la puesta en escena y la participación muy relevante de los medios de comunicación. Lo que menos querría la víctima es que esto se difunda como ha sido, las consecuencias que probablemente tenga no pueden medirse en esta perspectiva”, agregó.
“El Código Penal lo que hace, es describir hechos que eventualmente configuran un determinado delito. Lo que desde la terminología jurídica hay que hacer es subsumir esos hechos, para ver si efectivamente se cuadran en el delito que está descrito y sancionado en la ley penal”, explicó.
“En este caso era obligatorio que la víctima tenía que hacer la denuncia, a lo menos para los efectos de iniciar una investigación. Una de las figuras que califican este delito de violación, es que habría habido un acceso carnal, que es el verbo que se utiliza precisamente por la ley”, agregó.
Exfiscal Ljubetic por Caso Monsalve: “En este caso era obligatorio que la víctima tenía que hacer la denuncia”
“Para que ello ocurra y sea delito, una de las hipótesis es que la víctima se halle privada de razón, o de sentido, y el ofensor o victimario se aprovecha de la incapacidad para oponerse”, añadió.
“Entiendo yo que, con los hechos que han sido relatados y parte de la denuncia que ha salido en los medios. Ese sería la hipótesis que eventualmente podría concurrir, en este caso, el Artículo 361 y la hipótesis n°2 de esa norma”, señaló.
“Estos casos, en que se conoce al agresor, es el porcentaje menor de aquellos que se investigan en el sistema. Por eso es que las actividades realizadas por la Fiscalía Centro Norte han sido tan fluidas y con la intensidad que correspondía”, explicó.
“Una de las variables relevantes en la investigación de este tipo de delitos, es el tiempo transcurrido entre el suceso y cuando se empiezan a realizar las diligencias necesarias. Lo que se tiene que indagar por el Ministerio Público, es si hubo o no un acceso carnal, que en este caso no habría sido consentido”, destacó.
“No habría sido consentido porque la víctima se encontraba privada de sentido, por el alcohol, o no presentó la suficiente capacidad para oponerse. Eso es lo que tiene que acreditar el Ministerio Público“, sostuvo.