La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó este martes la aplicación de sanciones a los directores de Quiñenco S.A., Andrónico, Nicolás y Jean Paul Luksic, por violar la prohibición de transar valores de la compañía en los 30 días previos a la divulgación de sus estados financieros.
La medida responde al cumplimiento del artículo 16, inciso 5° de la Ley N°18.045 de Mercado de Valores, que establece este periodo de bloqueo para evitar transacciones que podrían beneficiarse de información privilegiada.
Transacción y sanción del CMF a los directores de Quiñenco
Según las resoluciones N° 9907, N° 9906 y N° 9905, los estados financieros de Quiñenco S.A. al 30 de junio de 2022 se publicaron el 9 de septiembre de 2022. Sin embargo, el 29 de agosto de ese año, los hermanos Luksic—en su rol de directores de Quiñenco—enajenaron y posteriormente adquirieron 2.619.260 acciones de la compañía por medio de las sociedades Inversiones Orengo S.A. y Ruana Copper AG Agencia Chile, por un valor total de $6.228 millones de pesos.
Pese a que esta operación formaba parte de un proceso de simplificación de la estructura de control de Quiñenco S.A., los involucrados estaban sujetos a la prohibición de realizar transacciones dentro de los 30 días previos a la divulgación de resultados financieros. En consecuencia, la CMF aplicó una multa de 1.250 UF a cada uno de los sancionados por incumplir el artículo 16 de la Ley de Mercado de Valores.
Objetivo de la prohibición y transparencia en el mercado
La normativa sobre el periodo de bloqueo busca evitar que directores, gerentes y otros ejecutivos con acceso a información relevante realicen transacciones que podrían ofrecer una ventaja competitiva, afectando la transparencia y la equidad del mercado financiero.
Estas sanciones refuerzan el compromiso de la CMF de supervisar y asegurar el cumplimiento de las normativas del mercado de valores en Chile, promoviendo así la protección de los inversionistas y la confianza en el sistema financiero.