Economía

Tras incendios en Valparaíso: Sernac oficia a seis empresas para prevenir cobros indebidos y otras malas prácticas

Tras incendios en Valparaíso: Sernac oficia a seis empresas para prevenir cobros indebidos y otras malas prácticas
Sernac oficia a seis empresas para prevenir cobros indebidos tras incendios en Valparaíso

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a seis empresas de servicios básicos y de telecomunicaciones de la región de Valparaíso para prevenir eventuales cobros indebidos y otras malas prácticas que puedan afectar a las personas afectadas por los incendios en aquella zona.

Las empresas oficiadas, en el caso de los servicios de electricidad, son CGE y Chilquinta; en el caso de agua potable, Esval; mientras que, en telecomunicaciones, serán VTR, WOM y Movistar.

Por medio de este oficio, que tiene como plazo de respuesta de 10 días hábiles, el Sernac solicitó a las compañías una serie de antecedentes relevantes, entre ellos, la cantidad de clientes que se encuentran sin suministro, tiempo de reposición del servicio, daño a la infraestructura.

El Servicio recuerda que las empresas de servicios básicos tiene una serie de obligaciones desde el punto de vista de la Ley del Consumidor, la cual indica que frente a cortes de suministro como electricidad, agua potable o telecomunicaciones, en los que no recaiga responsabilidad de la o el consumidor, las empresas deberán aplicar los descuentos correspondientes en el cobro de tarifa.

Al respecto, el Sernac señala que “en el caso que las personas no puedan hacer uso de los servicios básicos debido a pérdida total o parcial de la vivienda, se debe suspender el cobro de dichas tarifas“.

Sernac explica medidas a adoptar

El Servicio recordó que Esval anunció la suspensión en el cobro de servicios de agua y alcantarillado a las familias afectadas por los incendios en Valparaíso, esta medida es durante febrero y marzo.

Sin embargo, el Sernac “solicitó a la empresa información respecto de cuándo va a reponer dichos servicios en la zona afectada”.

Respecto a las telecomunicaciones, ya sea internet o telefonía, el organismo explicó que “las compañías, ante la interrupción del servicio, no pueden aplicar cobros durante ese período y estarán obligadas a descontar o reembolsar al consumidor el precio de proporción que corresponda”.

“Las y los consumidores tienen derecho a poder terminar el contrato de telefonía cuando quieran y sin condiciones”, agregan.

Mientras que “los contratos no pueden tener cláusulas abusivas que afecten los derechos de las personas, por ejemplo, donde se permitan cambiar unilateralmente las condiciones del servicio, o donde se desliguen de responsabilidad en caso de mala calidad del servicio”.

Además, las personas no podrán ser enviadas a Dicom por eventuales deudas de los servicios básicos y de telecomunicaciones.

Estado de Catástrofe por incendios en Valparaíso

El Sernac se encuentra además monitoreando los precios de los productos básicos en las comunas afectadas, en el contexto del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe vigente en la zona.

Recordemos que el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe permite que se persigan y sancionen los delitos de manipulación de precios, acaparamiento y negativa injustificada de venta de productos básicos.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones, la ley sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, esto es, de 61 días a 3 años, a las personas que incurran en acaparamiento de bienes de primera necesidad, manipulación de precios y venta de alimentos riesgosos.

Por otro lado, desde el año 2023, la alteración fraudulenta de los precios está tipificado como un delito en nuestro Código Penal.

¿Dónde reclamar si las empresas no cumplen?

En caso de que las empresas no cumplan con estas obligaciones, además de reclamar directamente a la propia empresa, los consumidores pueden hacerlo ante el Sernac o ante la entidad pública que regula el determinado servicio.

Por ejemplo, en caso de tratarse de una cuenta de electricidad, el afectado debe acudir ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Si es agua potable, a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS); si es un servicio de telecomunicaciones, el usuario debe concurrir ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL).