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Avanza tramitación de bono de $200 mil para afiliados sin saldo en las AFP

Avanza tramitación de bono de $200 mil para afiliados sin saldo en las AFP
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La Comisión de Trabajo aprobó y despachó a la Comisión de Hacienda el proyecto que establece un bono de 200 mil pesos, de cargo fiscal, para quienes tengan saldo cero en sus cuentas de capitalización individual de AFP, debido al primer y segundo retiro del 10%.

Tras las discrepancias entre parlamentarios y el Gobierno, por el real alcance de la medida en cuanto al número de beneficiados posibles, el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, entregó una nueva propuesta para precisar este punto, la que fue aprobada por la unanimidad de la comisión.

De esta forma, se entregará el bono completo de 200 mil pesos a todos los afiliados que alguna vez, como consecuencia del primer y segundo retiro, y hasta el 31 de marzo de 2021, hayan quedado con saldo cero en sus cuentas, con independencia del saldo actual, pero con un tope de 200 mil pesos.

El subsecretario de Hacienda, Alejandro Weber, explicó que “si una persona después de un retiro quedó con saldo cero pero luego siguió cotizando y hoy tiene 40 mil , 50 mil o 199 mil pesos va a recibir el bono completo. Y, adicionalmente, estamos incorporando a cerca de 660 mil personas que nunca estuvieron con saldo cero (…) pero que hoy tienen menos de 200 mil pesos en sus cuentas”.

Weber precisó que el bono será un monto que complemente el saldo hasta llegar a 200 mil pesos. “Si una persona quedó con un saldo de 50 mil en su cuenta de capitalización, se le complementaran 150 mil para llegar a los 200 mil y así, sucesivamente, haciendo un esfuerzo mayor en el informe financiero”, recalcó.

En cuanto al mecanismo que el proyecto propone para realizar reintegro de los fondos previsionales, mediante una cotización adicional de 1% y un aporte fiscal similar, el grupo legislativo rechazó por 6 votos a favor y 7 en contra la norma.

Por último, la comisión aprobó un artículo transitorio que indica que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley, el primer año, se financiará con cargo a los recursos del Ministerio del Trabajo y, en lo que faltare, con cargo al Tesoro Público. En los años siguientes, los recursos se proveerán en las respectivas leyes de presupuestos.

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