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Matthei y futuros trabajos: “¿Creen que deberían ser para gente que vive en Chile o que sigan llegando gente de otros países para ocupar esos pocos empleos?”

Matthei y futuros trabajos: “¿Creen que deberían ser para gente que vive en Chile o que sigan llegando gente de otros países para ocupar esos pocos empleos?”
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La alcaldesa de Providencia, Evelyn Matthei, criticó las indicaciones ingresadas ingresadas a la ley de Migración y Extranjería, que permitirían un permiso transitorio para que extranjeros puedan buscar trabajo en el país.

A través de sus redes sociales, la autoridad comunal señaló que “después de esta pandemia en Chile va haber desempleo, pero en el resto de los países latinoamericanos la situación va a ser mucho peor, va haber mucho más desempleo”.

En ese sentido, pregunto: “Los empleo que creemos en Chile, ¿creen que deberían ser para la gente que vive en Chile o quieren que siga, y siga, y siga llegando gente de otros países para tratar de ocupar esos pocos empleos que van existir?“.

“Se los pregunto porque he visto con mucha preocupación que la senadora Allende (PS) y el senador Latorre (RD) están pidiendo que en realidad cualquier persona, extranjero, pueda llegar a a la frontera de Chile y pedir un permiso transitorio de búsqueda de oportunidades laborales“, dijo.

“A mí me da mucha preocupación, porque realmente siento que alguna vez tenemos que dar preferencia a la gente que ya esta en Chile“, añadió Matthei.

Además, dijo que “creo que seguir creando oportunidades para que nos inunde gente de otros países y ellos se queden con los empleos que realmente necesita la gente que ya esta acá, es súper peligroso”.

https://twitter.com/evelynmatthei/status/1285338586326458372

¿Qué dice la indicación?

“Artículo 56.- Permanencia transitoria para la búsqueda de oportunidades laborales. El ingreso al país bajo esta subcategoría de permanencia transitoria podrá solicitarse al momento de ingresar al país o en el consulado del país de origen, a elección del solicitante. Se podrá exigir respecto de los nacionales de determinados países una autorización previa o visa otorgada por un consulado chileno en el exterior, en los casos contemplados en el artículo 27 de la presente ley”.

 

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