El Presidente de la República Sebastián Piñera promulgó este mediodía la Ley que crea el “Ingreso Familiar de Emergencia 2.0”, que aumenta y amplía la cobertura de este beneficio en tiempos de pandemia.
En la ocasión, el Mandatario agradeció a los parlamentarios en ejercicio ya que estos beneficios nacen a raíz del Acuerdo Nacional al que llamó hace unas semanas.
“En este acuerdo hubo buena voluntad y esto es lo que los chilenos esperan y merecen de sus parlamentarios, ministros y su Presidente”, dio.
“Este Ingreso Familiar de Emergencia viene a fortalecer, complementar el que ya estaba en acción. Este nuevo Ingreso Familiar de Emergencia aumenta los beneficios e incrementa la cobertura de lo que teníamos hasta antes de este acuerdo y hasta antes de esta Ley”, aseguró.
El detalle a continuación:
Nuevo Ingreso Familiar de Emergencia
• La iniciativa, parte del acuerdo transversal promovido por el Presidente por la protección social y la recuperación del empleo, cambia su diseño para actuar como un complemento a los ingresos actuales del grupo familiar, buscando proveer ingresos de emergencia a las familias e incentivar a que sus integrantes puedan respetar las cuarentenas y quedarse en casa.
• La medida extiende el Ingreso Familiar de Emergencia para cubrir a la clase media, aumentando su cobertura del 60% de los hogares vulnerables de acuerdo al Indicador Socioeconómico de Emergencia, al 80%. El beneficio será, además, tanto para hogares sin ingresos formales como para aquellos que tienen ingresos formales por debajo del umbral establecido.
• También incluye a familias con otros beneficios como la ley de protección del empleo, el seguro de cesantía, el apoyo a trabajadores independientes y a las personas que cobran pensiones contributivas y no contributivas.
• La ley aumenta el Ingreso Familiar de Emergencia de $65.000 a hasta $100.000 por persona, en caso de no contar con ningún ingreso formal. De esta manera, el ingreso de una familia de cuatro personas aumentará de $260.000 a $400.000.
• En caso que la familia tenga algún ingreso formal, el beneficio será por el monto que le falte para alcanzar el umbral de $100.000, con un piso de $25.000 por persona del hogar. Por ejemplo, si una familia de 4 personas tiene un ingreso formal de $100.000, recibiría un ingreso familiar de emergencia por $300.000 para llegar al umbral de $400.000 por hogar de 4 integrantes.
• El monto del beneficio a cada familia nunca será revisado a la baja: una vez que una familia reciba el beneficio, su monto se mantendrá estable por todo el tiempo que dure el aporte, y sólo será revisado al alza en caso su situación socioeconómica empeore.
• A los actuales tres meses de pago, se agrega un cuarto, que será de 80% del ingreso y podrá subir al 100% en caso que las condiciones sanitarias así lo ameriten.
2. Ley Que Protege Ingresos De Trabajadores Independientes
• Se trata de un beneficio para los trabajadores independientes que han visto afectados sus ingresos producto de la pandemia, para apoyarlos y entregarles la liquidez que necesitan para hacer frente a la contingencia.
• La iniciativa es progresiva, pues garantiza mayor cobertura a los trabajadores de menores ingresos que emiten boletas de honorarios, y establece un tope de beneficio para aquellos de mayores ingresos.
• El beneficio es mensual en dinero por hasta tres meses –continuos o discontinuos– que se podrá cobrar dentro de los seis meses siguientes al 1° de mayo de 2020.
• La ley contempla un subsidio que cubrirá un 70% de la caída de ingresos por boleta de honorarios para aquellos trabajadores con rentas promedio iguales o inferiores a $320.500; de 50% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $320.500 y menores o igual a $400.000; y de 40% para aquellos trabajadores con rentas promedio mayores a $400.000 y menores o iguales a $500.000. En todos estos casos, el tope de subsidio será
$100.000 mensuales.
• Complementando el subsidio anterior, el trabajador podrá solicitar un crédito con tasa real cero, con un año de gracia, y tres años para pagar, por el remanente hasta completar el 70% de la caída de ingresos por boleta. Con todo, el monto máximo del beneficio será de $650.000.
• Para acceder al beneficio hay que haber emitido boletas de honorarios en por los menos tres meses –continuos o discontinuos– de los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020; o haber emitido boletas en a lo menos seis meses dentro de los 24 meses anteriores a dicha fecha.
• También es requisito que en el mes respecto del cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios hayan disminuido en al menos un 30% respecto al promedio mensual de dichas rentas obtenidas en los 12 meses anteriores al 1 de abril de 2020.
• El trabajador debe solicitar su beneficio ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), que será el encargado de verificar que cumpla con los requisitos de acceso. De cumplir con los parámetros solicitados, el pago lo realizará el Servicio de Tesorerías dentro del plazo de 10 días hábiles desde la solicitud.
• Las dos iniciativas forman parte de la red de protección social dispuesta por el Gobierno para proteger a 10 millones de personas vulnerables y de clase media afectadas económicamente por la crisis sanitaria del Covid-19.