El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió revertir la disolución del partido Evópoli, permitiendo que la colectividad continúe existiendo legalmente tras un fallo que también cuestiona la interpretación realizada por el Servicio Electoral (Servel).
Uno de los puntos clave del dictamen apunta a vacíos en la legislación vigente. El tribunal sostuvo que la ley no es explícita respecto a cómo deben contabilizarse ciertos resultados electorales.
En ese sentido, el fallo establece que “no es posible excluir del cómputo respectivo a dos senadores en ejercicio”, rechazando así uno de los criterios utilizados por el Servel para justificar la disolución.
Críticas a la fundamentación
Asimismo, el organismo también cuestionó la forma en que el Servicio Electoral adoptó la medida, argumentando que no cumplió con los estándares exigidos para una decisión de esta magnitud.
Según el tribunal, la resolución “omite el estándar reforzado de motivación exigible”, considerando que se trata de una determinación que implica la desaparición de un partido político.
Principios jurídicos aplicados
Para resolver el caso, el tribunal aplicó principios del derecho administrativo como la proporcionalidad y el criterio de “in dubio pro reo”, que establece que, ante la duda, debe prevalecer la interpretación menos perjudicial.
Finalmente, advirtió que una decisión distinta podría generar efectos no deseados en el sistema político, como el aumento de parlamentarios independientes y una eventual fragmentación.