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El Tribunal Constitucional (TC) acogió un requerimiento a favor del senador Jorge Pizarro (DC) y confirmó que el Ministerio Público no podrá apelar al fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual descartó el desafuero del parlamentario en el marco de la investigación por el caso SQM.

El recurso presentado por la defensa del senador Pizarro sostenía que era inconstitucional aplicar el Artículo 418 del Código Procesal Penal, el que busca apelar ante la Corte Suprema, pues el inciso segundo del Aatículo 61 de Constitución Política señala que recurso de apelación no procede contra una sentencia denegatoria del desafuero.

De acuerdo a lo publicado este jueves por El Mercurio, el fallo del TC explica que “siendo aquel el escenario en que se proyecta la aplicación del precepto impugnado, este Tribunal considera que se produce, con aquella, una infracción al debido proceso”.

Por ello, la Fiscalía deberá desistir de apelar el fallo del tribunal de alzada, por lo que el abogado defensor del Pizarro, Cristóbal Bonacic, afirmó en un comunicado que “la Corte de Apelaciones de Santiago debe dictar el sobreseimiento definitivo respecto de la investigación que se seguía en contra del senador Jorge Pizarro Soto”.

Pizarro estaba acusado por delitos tributarios, específicamente de recibir $45 millones por parte de la empresa SQM para financiar su campaña política a través de la empresa Ventus Consulting, la cual es propiedad de sus hijos.

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