Vocales de mesa
Agencia Uno.
Comparte

Este sábado, el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó la nómina de los vocales de mesa designados para las elecciones del Consejo Constitucional que se realizará el próximo 7 de mayo, cuya participación será obligatoria.

Los consejeros constitucionales integrarán este órgano que estará encargado de redactar la nueva Carta Fundamental para el país, el cual estará compuesto por 50 personas elegidas por votación popular.

Para este proceso, los secretarios de Juntas Electorales publicaron este sábado 15 de abril las nóminas de vocales para las mesas receptoras de sufragios.

El rol que tendrán las personas designadas será integrar una mesa receptora de sufragios, cumplir las funciones de recibir los votos y posteriormente realizar el conteo de estos, entre otras funciones.

De esta manera, para conocer si fuiste elegido como vocal de mesa, debes ingresar al sitio web consulta.servel.cl, ingresando tu RUT sin puntos y con guión, ahí podrás saber su fuuiste elegido para desempeñar aquella labor y el local de votación.

Plazo para las excusas

Quienes fueron elegidos para este rol el próximo 7 de mayo, pero no podrán ejercer su labor, podrán presentar sus excusas el lunes 17 hasta el miércoles 19 de abril.

Las excusas pueden presentarse ante las Juntas Electorales de forma presencial y vía correo electrónico, con los datos disponibles en el sitio de Servel. 

El sábado 22 del mes en curso se dará a conocer la nómina de vocales reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios. 

¿Cuáles son las causales para excusarme como vocal de mesa?

  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45, o haber sido designado miembro del colegio escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la junta.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado de un médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control del mismo o un certificado médico. También se considerará dentro de esta causal al padre o madre de un hijo o hija menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento del o la menor. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
  • Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial que deberá ser otorgada gratuitamente, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste la calidad de receptor del estipendio en el caso de cuidadores de personas con discapacidad.

Funciones del vocal de mesa

El Servel dispuso una Cartilla de Instrucciones para Mesa receptora de Sufragios, el cual podrás descarar aquí. En aquel documento estará todo lo que debes saber para desempeñar tu labor.

El sábado 6 de mayo debes presentarte a las 15:00 horas en tu local de votación para constituir la mesa receptora de sufragios. Si es primera vez que ejercerás este rol, recibirás una capacitación correspondiente aquel día.

En tanto, el día de la jornada electoral, domingo 7 de mayo, el vocal designado deberá presentarse a las 7:00 horas en el local correspondiente para realizar la instalación de la mesa receptora.

Las mesas receptoras de sufragios deberán funcionar entre las 8:00 y las 18:00 horas, a menos que, llegada la hora de cierre, hubiere electores de la mesa esperando para sufragar, en las filas al interior o exterior del respectivo local de votación. 

Últimas Noticias