Cangri
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El pasado lunes, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago anuló la multa que le aplicó el Consejo Nacional de Televisión contra TVN, luego que retransmitieran un reportaje de Informe Especial respecto a las pericias que fueron realizadas en el cuerpo de Sebastián “Cangri” Leiva.

El hecho ocurrió el 5 de agosto de 2019, cuando el matinal Buenos Días a Todos repasó la investigación periodística que el espacio antes mencionado realizó en torno al deceso del joven, donde se incluyó el análisis tanatológico de sus partes íntimas.

En ese sentido, el CNTV afirmó que dicha emisión “se entregan antecedentes dela muerte de Sebastián Leiva, haciendo público detalles del peritaje realizado del cuerpo de la víctima, dejando a la interpretación pública lo que pueda haber pasado con él previo a su muerte, información que daña su honra y que se mantenía en secreto para proteger a su familia”.

A pesar de lo mencionado, el tribunal de alzada emitió su fallo y descartó de manera unánime que el “actuar arbitrario e ilegal de la señal pública al emitir parte del capítulo de Informe Especial en horario matinal”.

“TVN se limitó a reproducir parcialmente aquel programa”, agregando que la sanción del CNTV fue “sólo por estimar que los contenidos fiscalizados son inapropiados para ser exhibidos en horario de protección de menores, eso es, no compartieron los razonamientos del fallo relativos o truculencias, sensacionalismo y ‘doble victimización”, agregaron.

De esta manera, la Corte de apelaciones subrayó diciendo que “la noticia en sí misma es una que no es posible dar sin entrar en detalles escabrosos, como lo son aquellos consignados precedentemente y, que inevitablemente producen sensaciones, emociones o impresiones más o menos fuertes”.

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