CRISTOBAL ESCOBAR/AGENCIAUNO
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La Corte de Santiago confirmó la sentencia que ordenó al Servicio de Salud Metropolitano Central pagar una indemnización de diez millones de pesos a paciente que quedó con secuelas de movilidad en brazo izquierdo, tras extracción de tumor en el hospital El Carmen de Maipú.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Miguel Vázquez, Javier Moya y María Inés Lausen– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 17° Juzgado Civil de Santiago, que condenó al servicio por el actuar deficiente en intervención que daño el nervio radial de la paciente, lo que derivó en la perdida de movilidad de la extremidad.

El fallo asegura que “la paciente luego de la intervención en su brazo, resulta con una lesión quirúrgica que incide en la pérdida de movilidad, fuerza y destreza motriz, siendo necesario que se someta a fisioterapia de recuperación”.

“Por lo que es dable concluir que se configura una relación directa entre la intervención quirúrgica a la paciente y las limitaciones resultantes en la extremidad, reforzando la idea de falta de servicio”, concluye.

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