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Suprema pide no se aplique control de identidad a menores de edad

Suprema pide no se aplique control de identidad a menores de edad
Lamberto Cisternas

Ministros de la Corte Suprema sugirieron que el control preventivo de identidad no se aplique a menores de edad, no sea arbitrario y se limite a personas que perturben el orden público.

Lamberto Cisternas, Manuel Valderrama y Jorge Dahm elaboraron un documento de 70 páginas donde entregan su opinión ante las propuestas de abogados penalistas, Paz Ciudadana y algunos académicos para mejorar la Reforma Procesal Penal.

Según comentó Cisternas a El Mercurio, el oficio, enviado al Ministerio de Justicia el pasado 14 de abril, “contó con la participación adicional de algunos magistrados con experiencia en materia penal y procesal penal”.

Entre las sugerencias plasmadas en el texto, los ministros piden que el control preventivo a menores entre 14 y 17 años sea descartado y se mantenga desde los 18 en adelante.

“la idea es no desarrollar actividad intrusiva respecto de menores, por su condición y por respeto a los principios orientadores de la Convención de los Derechos del Niño”, apuntó Cisternas.

Asimismo, solicitaron que los procedimientos no sean arbitrarios y se limiten a personas “cuya conducta perturbare el orden y la seguridad pública, o se encuentre encapuchada o embozada para ocultar, dificultar o disimular su identidad”. Los magitrados precisan que los efectivos que realicen esta operación deben portar su placa y señalar su nombre, grado y dotación.

En cuanto al registro de cada procedimiento, señalan que debería ser público y de fácil acceso para los chilenos. Exhortan a informar de los resultados al denunciante.

El oficio de la Suprema favoreció todos los puntos de esta propuesta de expertos, y agregó estar “a favor de la posibilidad de registros superficiales. Racionaliza el modelo de control y el acceso mediante plataformas públicas”.

Los magistrados también estuvieron de acuerdo en que de no cumplir con este requerimiento, ni respetar la “igualdad de trato y la no discriminación”, esto constituiría una falta administrativa, además de una posible implicancia penal.

Cisternas, añadió que el control preventivo es “una atribución policial que pareciera excesiva a la luz de los derechos fundamentales y respecto de la cual no existe evidencia que demuestre que su utilización haya sido eficiente o exitosa para prevenir delitos o mejorar la persecución de estos, a diferencia del control de identidad investigativo”.

Los ministros esperan que instituciones como el Ministerio Público manifiesten su posición ante la iniciativa del Gobierno.

Agencia UNO

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