Diputado Andrés Celis
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Este lunes 9 de mayo se publicó en el Diario Oficial la Ley que extiende la duración del permiso laboral en caso de fallecimiento del padre o de la madre, e incorpora igual permiso en caso de muerte de un hermano o hermana y de los hijos en gestación. 

El diputado Andrés Celis comentó que “se trata sin duda de una acción positiva, entendiendo que el fallecimiento de un familiar cercano, como es un hermano o hermana, constituye una situación dolorosa y compleja para cualquier trabajador y, sin duda, faltaba considerar a los hermanos y a los hijos en gestación en la Ley”.

“De esta manera, se otorga un permiso pagado, que tiene dos finalidades centrales, tiempo para vivir un duelo y, por otra parte, poder resolver asuntos como legal, administrativos, entre otros”, añadió.

Cabe destacar que el parlamentario presentó la iniciativa para incorporar la autorización por la muerte de hermanos, la cual se encuentra plasmada en la Ley que se promulga. 

La nueva normativa otorga un permiso laboral de cuatro días en el caso de la muerte de un hermano. También aumenta de tres a cuatro los días de permiso laboral, en caso de fallecimiento del padre, de la madre o de un hijo en gestación del trabajador. 

“Continuaremos presentando proyectos que mejoren las condiciones laborales de los trabajadores y que consagren beneficios humanitarios, como en este caso”, finalizó Celis.

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