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Esta mañana se publicó en el Diario oficial la extensión del permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de 2022, medida que beneficiaría a cerca de 34 mil personas.

La iniciativa promulgada establece el derecho de las y los trabajadores a extender transitoriamente, su permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre del presente año, en el caso que se encuentren haciendo uso del beneficio y su término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de 2022.

De esta forma, en la publicación del Diario Oficial, se sostiene que “las trabajadoras y los trabajadores que se encuentren haciendo uso del permiso postnatal parental a que se refiere el artículo 197 bis del Código del Trabajo, y cuyo término ocurra entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre del año 2022, tendrán derecho a solicitar su extensión, luego de su término, para el cuidado del niño o niña”.

“La decisión de la trabajadora o del trabajador de ejercer este derecho o de reincorporarse a sus funciones al término del postnatal parental deberá ser comunicada por escrito mediante correo electrónico o carta certificada al empleador o empleadora con, a lo menos, cinco días hábiles de anticipación a la fecha de término del permiso, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva”, se agrega.

“Con todo, la omisión de la comunicación por parte de la trabajadora o del trabajador será
entendida como una decisión de extender el permiso postnatal parental respectivo”, se sostiene.

“Una vez que se haya informado a la empleadora o empleador la determinación de reincorporarse a las funciones conforme al inciso segundo, éste deberá remitir los antecedentes a la entidad pagadora del subsidio para los fines administrativos respectivos, dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la comunicación”, agrega la publicación.

En caso de optarse por la extensión del permiso, éste deberá ejercerse “en jornada completa y se extenderá desde el día siguiente al término del permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de 2022″.

Adicionalmente, podrán acceder a este beneficio quienes hayan regresado a sus funciones, tras la finalización del permiso postnatal. Asimismo, se aplicará a las personas beneficiarias del postnatal parental extendido por la Ley 21.474 y que no hubiesen completado los 60 días continuos.

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