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Agencia Uno
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Metro de Santiago presentó una medida prejudicial ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para evitar el alza de las tarifas de Transkbank.

Dicha acción fue ingresada el pasado 18 de noviembre, siendo rechazada a los cuatros días debido a una falta de documentación que acredite los perjuicios.

Pese a lo anterior, Metro apelará a la decisión, pidiendo que se ordene a Transbank a “no poner término a los contratos con Metro, ni a suspender los servicios por no pago del alza de tarifas informadas en su carta del 22 de agosto de 2022, ni de su modificación informada por carta de 2 de noviembre de 2022″.

“Las medidas solicitadas son necesarias para impedir eventuales efectos negativos en la competencia y para resguardar el interés común, puesto que es la única forma de asegurar que no se generen efectos ni un perjuicio”, se expuso.

En ese sentido, se agregó además que  “las medidas persiguen dar un amparo transitorio de los derechos de mi representada frente a la amenaza inminente de los efectos negativos que tendría, tanto para Metro como para los usuarios de la Red de Metro, la implementación del alza de tarifas, el traspaso de esos mayores costos a los usuarios”.

El alza de loso costos significará que el margen adquirente pasaría en tarjetas de crédito de un 0,33% a un 1,17% del monto promedio que se registró en un mes, mientras que en tarjetas de débito la cifra sube de un 0,24% a un 1,40% del ticket promedio.

Las tarifas informadas por Transbank a Metro en agosto y noviembre de este año implican, por ejemplo para una carga hipotética de una tarjeta bip! por $1.000, un margen que podría llegar a representar alrededor del 10% del valor de la transacción”, se agregó.

La respuesta de Transbank

Desde Transbank respondieron que “el fallo de la Corte Suprema determinó criterios específicos que debe seguir el sistema tarifario, compuesto por tres elementos: margen adquirente, tasas de intercambio y costos de marca”.

“De estos tres elementos Transbank sólo tiene facultades para fijar el margen adquirente, el que tiene que ser equivalente a sus costos económicos (costos medios de largo plazo) que permitan el autofinanciamiento de la compañía”, agregaron.

Es justamente eso lo que se hizo con todos nuestros comercios afiliados, incluido Metro, tan pronto se publicó el cúmplase de la sentencia. Lo contrario hubiese implicado discriminaciones arbitrarias e ilegales y abiertamente contrarias a lo dispuesto por la Corte Suprema”, explicaron.

Metro descarta operar sin Transbank

Por otro lado, desde Metro añadieron que “asumir estos mayores costos para Metro, implicará una afectación relevante de los ingresos que percibe por concepto del contrato con el MTT”.

“Lamentablemente, migrar los servicios a otro proveedor, en lo inmediato, tampoco es viable, porque no hay proveedores alternativos que puedan ofrecer el servicio en forma inmediata, además de razones operativas de las máquinas de las que dispone Metro”, acotó la empresa de transportes.

“No contar con los servicios de Transbank no es posible para Metro, ya que estos son especialmente críticos en las líneas automáticas 3 y 6, en donde la carga es por medio de máquinas, en ausencia de boleterías, se advirtió.

“Es muy probable que Metro, en caso de no suspenderse la aplicación del alza de tarifas informado por Transbank, se vea en la necesidad de soportar el aumento de los costos con efectos negativos importantes en su ya mermada situación financiera, lo que implicará una afectación relevante de los ingresos que percibe por concepto del contrato con el MTT, en una merma anual que -de acuerdo a estimaciones preliminares de la empresa pública- superaría el 10% del margen que obtiene por dicho contrato”, cerraron.

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