Agencia Uno/ Archivo.
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La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso presentado por la defensa y confirmó la resolución que denegó el sobreseimiento definitivo de la investigación por el delito de homicidio calificado, en el caso de Tomás Bravo.

Jorge Eduardo Escobar Escobar, tío abuelo del menor y único imputado, es reformalizado por el delito de abandono de menor con resultado de muerte

Recordemos que la Fiscalía Regional del Biobío decidió no perseverar en la investigación por homicidio calificado. En tanto, la defensa pretende que sea sobreseído definitivamente.

Ahora, en el fallo se señala que “concurriendo atisbos, sospechas o vacilaciones que generan dudas respecto de si el hecho investigado pudiere o no ser constitutivo de delito, resulta impertinente e impropio aplicar el sobreseimiento definitivo por esta causa”. Junto con lo anterior, indican que “la presunción de inocencia no basta para decretar el sobreseimiento definitivo”.

Junto con lo anterior, se destaca que “el sobreseimiento definitivo pone término al procedimiento y tiene la autoridad de cosa juzgada. Una decisión de esta naturaleza implica, en consecuencia, tener la mayor cantidad de elementos de convicción posibles que permitan adoptar una decisión de tal envergadura, lo que no acontece en el caso en estudio“.

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