La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Ricardo Daniel Aceituno Garcés, manteniendo las condenas por receptación de vehículos robados, receptación de cables de telefonía, tenencia ilegal de arma de fuego y municiones.
El máximo tribunal confirmó las penas de 6 años, 3 años y un día, y 541 días de presidio efectivo por hechos ocurridos en 2024 en la comuna de Lo Prado.
La defensa cuestionó una declaración incorporada como prueba durante el juicio. Sin embargo, la Suprema concluyó que dicho antecedente no fue determinante para acreditar los delitos.
El fallo destacó que existían otros elementos probatorios, como conversaciones telefónicas, fotografías, declaraciones de testigos y la incautación de vehículos robados, armas y cable de cobre.
Además, los jueces señalaron que la investigación permitió establecer que el condenado participaba en la venta de vehículos de origen ilícito a precios inferiores a los del mercado.
Por ello, la Corte determinó que no existían fundamentos para invalidar la sentencia dictada por el Sexto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.