Dato Practico

Condonación TGR: Cuánto se puede ahorrar y el error que podría hacerle perder el beneficio

Condonación TGR: Cuánto se puede ahorrar y el error que podría hacerle perder el beneficio
TGR – Agencia Uno

Según la Tesorería General de la República (TGR), el 85% de sus deudores son micro, pequeñas y medianas empresas. En otras palabras, las pymes en Chile son el grueso de quienes le deben al Fisco. Es más, la TGR puede retener la devolución de impuestos para pagar deudas morosas y, para postular a fondos como los de Sercotec, por ejemplo, se exige no tener obligaciones tributarias atrasadas.

Para enfrentar este panorama, existe un beneficio que contempla a personas y pymes con deudas tributarias vencidas hasta el 31 de diciembre de 2025, quienes podrán acceder a una condonación de hasta el 100% de los intereses y el 80% de las multas. Tendrán 180 días para hacerlo, contados desde que la Ley de Reconstrucción se publique en el Diario Oficial.

La condonación, eso sí, no incluye el impuesto adeudado ni su reajuste, que deben pagarse completos.

“Es una oportunidad real para que miles de personas y pymes vuelvan a estar al día con el Fisco, pero tiene fecha de vencimiento”, explica Eduardo Lara, abogado del Estudio Jurídico Alfaro y Madariaga.

De acuerdo al texto aprobado, pueden acogerse personas naturales, micro, pequeñas y medianas empresas, además de contribuyentes sin clasificación por tamaño, siempre que se trate de deudas que cobra la Tesorería.

“Mi consejo es no dejarlo para el final, sino que revisar la deuda y ordenar los papeles, ya que decidir cómo pagar toma tiempo”, aclara el especialista, al tiempo que advierte que ese trabajo se puede adelantar desde ya revisando en TGR.cl cuánto se debe y a qué impuestos corresponde.

Impacto real

Lara destaca que el beneficio puede ser especialmente relevante para las pymes, ya que “a muchas no las ahoga el impuesto, sino los intereses y multas que se les van sumando. Un IVA que no se pudo pagar en un mal año puede crecer hasta volverse impagable, y la empresa queda atrapada en un círculo de cobranza, embargos y puertas cerradas”, puntualiza.

En ese sentido, el abogado advierte que las grandes compañías quedan fuera y tampoco se consideran deudas vencidas desde el 1 de enero de 2026.

Quien no pueda pagar al contado podrá firmar un convenio de hasta 24 cuotas, con un pie mínimo del 10% del capital. En ese caso, la condonación llega hasta el 95% de los intereses y el 75% de las multas, y cada contribuyente puede firmar como máximo tres convenios. Si deja de pagar una cuota, el convenio se cae y vuelven a cobrarse los intereses y multas originales.

“Antes de firmar conviene confirmar el monto exacto. El 100% y el 80% son el máximo, y solo se aplican a quien paga al contado”, precisa.

En caso de deudas antiguas, el experto recomienda también revisar si están prescritas antes de firmar un convenio, ya que esto implica reconocer la deuda y eso puede interrumpir la prescripción.

¿Cuánto se puede ahorrar?

Eduardo Lara ejemplifica con una cifra de $1.600.000, compuesta por $1 millón de impuesto reajustado, $300 mil de intereses y $300 mil de multa. Si se paga al contado aplicando la condonación máxima, la deuda podría reducirse a $1.060.000, generando un ahorro de $540.000.

“La diferencia entre pagar al contado y en cuotas es poca. Lo caro es atrasarse en una, porque se cae todo el beneficio. Un convenio que no se puede cumplir deja a la persona igual o peor que antes”, concluye el abogado del Estudio Jurídico Alfaro y Madariaga.

Ver comentarios
Los comentarios son moderados para garantizar un diálogo respetuoso.