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Suspensión de clases: ¿puedes faltar o pedir teletrabajo si no tienes con quién dejar a tu hijo?

Suspensión de clases: ¿puedes faltar o pedir teletrabajo si no tienes con quién dejar a tu hijo?
Imagen Referencial

La suspensión de clases puede transformarse rápidamente en un problema para madres, padres y cuidadores que deben cumplir una jornada laboral y no tienen con quién dejar a sus hijos.

Frente a este escenario, surgen dudas sobre la posibilidad de faltar, solicitar teletrabajo o pedir un permiso especial mientras dure la suspensión de actividades escolares.

Sin embargo, la suspensión de clases no genera automáticamente un permiso laboral pagado, por lo que cada situación dependerá de las circunstancias y de los acuerdos alcanzados con el empleador.

¿Puedes faltar al trabajo si suspendieron las clases?

Pedro Peña, abogado socio de SoyTrabajador, explicó que una suspensión de clases no entrega por sí sola un permiso general para ausentarse manteniendo la remuneración.

“La suspensión de clases, por sí sola, no da un permiso laboral pagado general”, señaló el especialista.

Si una emergencia impide asistir al trabajo, recomienda comunicar la situación rápidamente al empleador y mantener respaldos que permitan acreditar lo ocurrido.

Entre esos antecedentes pueden encontrarse el comunicado oficial del establecimiento educacional y los correos o mensajes intercambiados con la empresa.

“Si una emergencia hace imposible asistir, la justificación dependerá de lo ocurrido y de sus antecedentes”, explicó Peña.

El abogado recalcó que justificar una ausencia no significa necesariamente que el trabajador mantendrá el pago correspondiente a ese periodo.

Existe una excepción para madres, padres o tutores de menores con diagnóstico de TEA que deban acudir ante una emergencia que afecte su integridad en el establecimiento.

En ese caso, el tiempo destinado a atender la emergencia se considera trabajado. Sin embargo, esta norma no equivale a un permiso general frente a cualquier suspensión de clases.

¿Puedes solicitar teletrabajo para cuidar a tu hijo?

La Ley de Conciliación contempla alternativas de trabajo a distancia para quienes tienen el cuidado personal de niños o niñas menores de 14 años, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

Para acceder a esta posibilidad, las funciones desarrolladas por el trabajador también deben ser compatibles con una modalidad de teletrabajo.

“Debe acompañar los documentos que acreditan el cuidado y proponer una combinación fija de jornada presencial y remota”, explicó Peña.

Si se cumplen las condiciones, el empleador deberá evaluar la petición y podrá ofrecer trabajo remoto total o parcialmente, plantear una alternativa o rechazarla por una causal legal.

El empleador cuenta con 15 días para responder, por lo que este procedimiento no necesariamente resolverá una suspensión inesperada ocurrida durante la misma jornada.

Ante una emergencia inmediata, el trabajador puede intentar acordar directamente una solución temporal, pero no debe asumir unilateralmente que puede cambiar a modalidad remota.

¿Qué alternativas existen si debes trabajar presencialmente?

Cuando el cargo exige presencia física, las partes pueden acordar cambios de turno, modificaciones de horario o permisos temporales para enfrentar la situación.

El especialista recomienda establecer por escrito la duración del acuerdo, los horarios involucrados y si el permiso será remunerado o sin goce de sueldo.

También conviene precisar si habrá recuperación de horas y conservar algún respaldo de la autorización entregada por la empresa.

“La justificación de una ausencia y el derecho a cobrar ese tiempo son cosas distintas”, advirtió Peña.

Si no existe acuerdo y el trabajador enfrenta una imposibilidad real de asistir, la recomendación es informar la situación oportunamente y conservar todos los antecedentes disponibles.

Ante dudas por descuentos, sanciones o eventuales conflictos con el empleador, los trabajadores pueden solicitar orientación directamente a la Dirección del Trabajo.

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